OPINIÓN MINA MAGALLÓN

Plata o plomo

Trump aplica la política de plomo o plata a las tarifas arancelarias.

Donald Trump, presidente de Estados Unidos.
Donald Trump, presidente de Estados Unidos. Créditos: EFE
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El 1 de febrero de 2025, el presidente Donald Trump anunció la imposición de aranceles a Canadá, México y China, citando como base legal la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional de 1977 (IEEPA), la cual autoriza al presidente a "regular" una variedad de transacciones económicas internacionales, incluida la imposición de aranceles.  "Si regular" incluya el poder de imponer aranceles, y la escala y el alcance de los aranceles que podrían autorizarse en virtud de IEEPA, es cuestionables, ya que ningún presidente ha utilizado la IEEPA para la imposición de aranceles. Afortunadamente, el 2 de febrero, Trump anunció que se suspendía hasta el 4 de marzo la imposición de aranceles, ya que tanto Canadá como México ofrecieron nuevos planes para intensificar la seguridad en sus respectivas fronteras para prevenir el cruce de fentanilo y de indocumentados.

El presidente Trump anunció la imposición de aranceles en respuesta a lo que describió como una serie de fracasos por parte de los gobiernos de Canadá, México y China para resolver, entre otras cosas, el flujo de fentanilo hacia Estados Unidos que ha causado la muerte de cientos de miles de americanos, así como la emergencia para frenar la ola de indocumentados que cruzan la frontera. Argumentó que los indocumentados se estaban comiendo a los perros y gatos y que son “monstruos”, “animales” y “asesinos de sangre fría”. Todos estos viles epítetos que lanza el presidente Trump contra los indocumentados son la causa de la supuesta emergencia que le autorizaría a imponer legalmente los aranceles. Además, manifiesta que quiere cumplir con las promesas de su campaña de “hacer América grande otra vez” Con el Congreso en la bolsa, el presidente Trump puede hacer lo que le plazca.

Recordemos la resolución de la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos en 1952, en el asunto conocido como Youngstown Sheet & Tube Co. v. Sawyer, estableciendo un precedente obligatorio cuando la Suprema Corte resolvió que el presidente Harry Truman no estaba autorizado para tomar el control de una fábrica de acero durante la guerra con Korea. El presidente Truman argumentó que, como medida de emergencia nacional, no podía dejar que la huelga de los trabajadores de la industria del acero interrumpiera la producción del acero ya que era de vital importancia para la fabricación de armamento. Truman conocía el peligro de no estar preparado para una guerra. En 1952 existía un estado de emergencia, ya que la guerra con Corea del Norte había estallado. Además, Estados Unidos estaba saliendo de la Segunda Guerra Mundial; apenas en 1951 el Congreso de los Estados Unidos firma el cese de agresión contra Alemania y en 1952 el Senado ratificó el Tratado de Paz con Japón. No obstante, el estado de emergencia que existía sin duda alguna por la guerra contra Corea del Norte, la Suprema Corte explicó que “cuando el presidente toma medidas incompatibles con la voluntad expresa o tácita del Congreso, [el presidente] se encuentra en una posición sumamente vulnerable”. La razón por la que la Suprema Corte consideró que el Congreso había dado a entender que Truman no podía actuar era que el Congreso había promulgado otras leyes que sí permitían que varias medidas de emergencia se tomaran por Truman, pero no habían aprobado de manera explícita o tácita que el presidente pudiera tomar y operar fábricas de acero.  

El 1 de julio de 2024, la Suprema Corte en el asunto conocido como Trump v. U.S., resolvió que el presidente Trump tiene inmunidad absoluta por actos oficiales como presidente, convirtiéndolo de facto en monarca.  La decisión estima que era necesario otorgar una amplia inmunidad para su protección como presidente. “El presidente, por lo tanto, no puede ser procesado por ejercer sus poderes constitucionales fundamentales, y tiene derecho, como mínimo, a una presunta inmunidad judicial por todos sus actos oficiales”.

Olvidémonos, pues, si los tribunales en Estados Unidos podrán resolver la legalidad de los nuevos aranceles de Trump por una supuesta emergencia nacional. Si Trump impone aranceles desmedidos a sus vecinos, tanto del norte como del sur: ¿qué pueden esperar los chinos? Tanto los canadienses y mexicanos están reaccionando, pero no al ritmo que quisiera el presidente Trump.  Necesitamos entender que a final de cuentas estas son las nuevas guerras del siglo XXI en este lado del Atlántico. Los conflictos serán totalmente económicos, y siempre habrá gobiernos que quieran aprovechar circunstancias especiales de cada quien con su cada cual. De ahí la posición clara de plata o plomo para mis nuevos socios o adversarios. No obstante, el que la tenga que tomar, solo que se atenga a las consecuencias. Lo mismo fue en la época de Pablo Escobar Gaviria, el personaje colombiano poderoso, con grandes seguidores, pero también con grandes detractores. Así tal parece que al presidente Trump le puede pasar lo mismo, pretendiendo hacer nuevos acuerdos con sus vecinos, ya no tanto con esa libertad que caracterizó las primeras décadas de los acuerdos comerciales, pero sí ahora con ese nuevo ingrediente de plata o plomo.

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