OPINIÓN DIANA BERNAL

¿No te ha devuelto el SAT tu saldo a favor? Esto te interesa

Algunos contribuyentes que presentaron su Declaración Anual encuentran que su devolución les fue “rechazada”.

Hay contribuyentes que están esperando con entusiasmo este momento
Hay contribuyentes que están esperando con entusiasmo este momento Créditos: Cuartoscuro
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Cómo he comentado en este espacio, la presentación de la Declaración Anual de nosotros como personas físicas en el mes de Abril ( este año el plazo concluye el 2 de mayo) es la única oportunidad para que podamos deducir de nuestros ingresos obtenidos y declarados en el año anterior, la devolución de impuestos que corresponda por haber incurrido en gastos y pagos relativos, no a nuestra actividad económica (de la que derivan nuestros ingresos), sino a eventos personales que tuvimos como el pago de consultas médicas, gastos de hospital, funerarios, intereses hipotecarios y otros a los que ya me he referido.

Por eso hay contribuyentes que están esperando, no dudo en decirlo, incluso con entusiasmo, este momento, sabedores de que si tuvieron ese tipo de gastos personales impactarán en la suma del impuesto que ya cubrieron con sus declaraciones mensuales y esto les generará un monto o saldo a devolver al presentar su Declaración Anual (DA).

Lo cierto es que desde hace años, la DA precargada en el formato electrónico que aparece en el portal del contribuyente (al que accede con su ID y su contraseña) ofrece, entre otras opciones (cuando se obtiene un saldo a favor), la siguiente: “Devolución automática de ISR”.

La devolución automática es una facilidad que otorga el SAT/Foto: Cuartoscuro 

La Devolución automática es una facilidad que el SAT otorga mediante Regla Miscelánea (la 2.3.2 de la RMF) para que el contribuyente que presenta su DA y obtiene un saldo a favor, no tenga que pedir una solicitud adicional de devolución, lo que se conoce como Devolución Manual, que se presenta en el llamado FED Formato Electrónico de Devoluciones, para lo cual en todo caso se requiere contar con Firma Electrónica (e-firma) y que puede tardar hasta 40 días para que el SAT devuelva el saldo o niegue o rechace la devolución o requiera información adicional al contribuyente.

Aquellos contribuyentes que presentaron su DA, utilizando tan sólo su ID y contraseña, sin requerir e-firma ya que solicitaron una devolución de hasta 150 mil pesos y ya tenían previamente registrada ante el SAT su Clabe bancaria de una cuenta exclusiva ( que no compartan con ningún otro contribuyente) tendrán ahora que solicitar, de no tenerla, su e-firma para poder presentar el FED.

Aunque este año el SAT no ofreció un plazo especial para devolver en forma automática el saldo a favor, este opera generalmente en un plazo breve dé días.

Sin embargo, es importante que si presentaste ya tu DA abras tu portal y en la sección o

pestaña correspondiente, verifiques si no aparece ya la leyenda “rechazada” por “inconsistencias”; con lo cual el SAT te estará obligando o a presentar una declaración complementaria para regularizar o aclarar las inconsistencias o a presentar la Devolución Manual a través de la presentación del FED con tu e-firma.

He conocido de casos en que los contribuyentes tan sólo validaron y enviaron la DA precargada por el SAT y en la que el propio SAT fue el que les “predeterminó” un saldo a favor y sin embargo, les rechazan su Devolución automática sin tan siquiera decirles en qué consisten sus inconsistencias por lo que necesariamente tienen que acudir a la Devolución Manual a través de la presentación del FED lo que, aún en el caso de que les devuelvan, alarga y complica el trámite y el plazo para la devolución.

Bueno, pues es importante que si el SAT no te ha depositado tu saldo a favor resultado de la presentación de tu DA, entres cuanto antes a tú portal y verifiques el estado de tu devolución.

En todo caso, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente PRODECON ,puede apoyarte con el acompañamiento necesario en estos intrincados entresijos fiscales.

 

Diana Bernal Ladrón de Guevara.

Ex titular y fundadora de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.