Los medios alternativos para la solución de conflictos o controversias, sin necesidad de acudir a juicio ante tribunales, sino mediante un procedimiento de intermediación, en el que, ante la presencia de un tercero técnico e imparcial, sean las propias partes en conflicto, las que resuelvan sus diferencias; constituyen en mi opinión, el nuevo paradigma del Tercer Milenio por el que estamos entrando. Esta nueva era demanda construir relaciones más igualitarias, equilibradas y horizontales, a la vez que flexibles.
De esta forma, en el ámbito jurídico, ante la formalidad y rigidez de los procesos judiciales que se tramitan en los tribunales, ahora tanto en la comunidad mundial como en nuestro país, surgen los procedimientos alternativos que permiten que en un ambiente cómodo sean las propias partes quienes resuelvan sus diferencias.
La relación jurídica tributaria entre Fisco y contribuyente es una de las más jerárquicas o desbalanceadas que se presentan en nuestras sociedades o sistemas jurídicos. La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, PRODECON, desde hace ocho años, viene operando un eficaz y accesible medio de justicia alternativa para lograr acuerdos, conforme a Derecho, entre las autoridades fiscales y los contribuyentes cuando éstos se encuentren sujetos a una auditoría, es decir, una revisión fiscal que el Fisco tiene la facultad de hacerle a cualquier contribuyente para revisar si declaró bien todos sus ingresos de ese año o periodo y si los gastos o inversiones que tomó como deducciones para su pago de impuestos, fueron correctos o no.
Te podría interesar
Lo anterior se dice fácil, pero la materia fiscal es muy compleja y puede haber diversas interpretaciones de la ley o normas que la regulan, de ahí surgen muchos de los diferendos. Pero también es posible que el contribuyente reconozca que omitió pagar un gravamen o no entero alguna retención y quiera regularizarse y concluir la auditoría.
En nuestro país una auditoría o revisión fiscal se hace con fundamento en el artículo 42 del Código Fiscal de la Federación y tiene una duración, por regla general de 12 meses. Las auditorías o revisiones fiscales pueden ser a través de una visita al domicilio del contribuyente, o bien de requerimientos de información y documentación o incluso la moderna revisión electrónica a través de la plataforma de SAT y el buzón tributario.
Te podría interesar
Bueno, el caso es que si eres sujeto de una auditoría, seas Persona Física o una empresa o corporación, puedes acudir a un ágil y refréscate procedimiento de justicia alternativa, los Acuerdos Conclusivos, para buscar obtener una acuerdo resolviendo, conforme a Derecho, tus diferencias con SAT.
Con ello obtendrás los siguientes beneficios: 1. Detener la auditoría; 2. Contar con un intermediario público y capacitado PRODECON; 3. Tener una interlocución eficaz con la autoridad fiscal que te está revisando para aclarar las diferencias que haya calificado con relación a tu pago y determinación de impuestos; 4. Regularizarte en la parte que proceda pagando los tributos omitidos con actualización y recargos, pero sin multa alguna; y, finalmente y en su caso, firmar con SAT un Acuerdo Conclusivo que tendrá el valor de cosa juzgada (como una sentencia de tribunal) y te evitará tener que acudir a juicio, por lo menos en la parte en que hayas alcanzado el Acuerdo Conclusivo.
Los Acuerdos Conclusivos han sido tan reconocidos como un medio eficaz y transparente de resolver diferencias en auditorías fiscales, que el CIAT (Centro Interamericano de Administraciones Tributarias) los adoptó en su modelo de Código Tributario y por su parte la Comisión Fiscal de la propia ONU, en su Manual para solucionar controversias, publicado el año pasado, los aborda, estudia y reconoce cómo una de las mejores prácticas en él área a nivel mundial.
Otro dato relevante es que a septiembre de este año, muchos de los contribuyentes que se regularizaron a través de un Acuerdo Conclusivo firmado ante PRODECON, pagaron al Fisco federal más de 23 mil mdp. O sea casi 30 veces más que el presupuesto asignado a una institución tan novedosa y útil para contribuyente y Fisco, como lo es la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.
Diana Bernal Ladrón de Guevara.
Ex titular y fundadora de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.