A partir del pasado 29 de mayo entraron en vigor los cambios a la Ley de Movilidad Sostenible, de Accesibilidad y Seguridad Vial del Estado de Nuevo León, que imponen nuevas obligaciones para quienes conducen motocicletas, así como prohibiciones más estrictas, según fue publicado en el Periódico Oficial del Estado.
Las reformas establecen que los motociclistas deberán cumplir con requisitos técnicos y de seguridad personal para poder circular legalmente por las calles y carreteras del estado.
Requisitos del vehículo
Las motocicletas deberán contar con:
- Condiciones mecánicas y técnicas satisfactorias
- Un faro delantero con cambio entre luz baja y alta
- Dos espejos retrovisores laterales
- Lámpara de freno de luz roja reflejante
- Luces direccionales traseras
- Sistema de escape sin modificaciones que aumenten el ruido
Requisitos para los conductores
Los motociclistas deberán:
- Usar ropa de protección (chamarras, chalecos, pantalones y guantes) con materiales resistentes a la abrasión y colores vivos o reflejantes en al menos el 20 por ciento de la prenda
- Portar un casco protector que cumpla con la Norma Oficial Mexicana (NOM) y/o una norma internacional válida
- No llevar acompañantes, salvo que se trate de mototaxis autorizados por el Instituto de Movilidad y Accesibilidad de Nuevo León
Estas disposiciones forman parte de una estrategia estatal para reducir accidentes viales y mejorar la seguridad de los motociclistas, que han sido protagonistas de un número creciente de siniestros viales en el área metropolitana.
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Las autoridades estatales ya pueden aplicar sanciones a quienes no cumplan con estas reglas, por lo que se recomienda a los conductores hacer las adaptaciones necesarias y utilizar el equipo requerido.