El caso de Lupita TikTok, una joven con una aparente discapacidad intelectual que perdió a su bebé recién nacido, ha reavivado el debate nacional sobre el trato que reciben las personas con discapacidad en México, especialmente cuando son madres.
Expertos señalan que más allá del morbo en redes sociales, existe una obligación legal y ética del Estado de Nuevo León de garantizar los derechos, la dignidad y la protección de este sector.
En entrevista con MVS Noticias, el psicólogo y activista Kike Vázquez analizó el fenómeno de la viralización del caso, denunciando el llamado "consumo irónico", en el que el público comparte y se burla de contenidos sin ser plenamente consciente del daño que pueden causar.
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“Se llama consumo irónico porque se consume a sabiendas de que el mismo público que lo consume sabe que no está chido; Lupita TikTok en realidad adquiere la viralidad en base a la burla.”, expresó.
Pero, ¿Qué dice la ley al respecto?
La Ley para la Protección de los Derechos de las Personas con Discapacidad del Estado de Nuevo León establece una serie de principios y acciones que las autoridades deben garantizar.
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En su Artículo 1°, la ley señala como objetivo la protección de los derechos humanos de las personas con discapacidad, incluidas su autonomía, integridad, y desarrollo integral.
Entre las disposiciones más relevantes para este caso se encuentra el Artículo 15, que garantiza el acceso a servicios públicos de salud y rehabilitación integral para personas con discapacidad, así como la obligación de las autoridades de promover su participación en la toma de decisiones.
De igual forma, el Artículo 64, fracción II y lll mandata que la Procuraduría de la Defensa de las Personas con Discapacidad debe vigilar el respeto a la dignidad y brindar asistencia legal cuando haya una afectación en sus derechos.
¿Las personas con discapacidad deben tener hijos?
El caso también ha despertado una discusión social sobre la maternidad en personas con discapacidad. Según el Psicólogo Kike Vázquez, "La mayoría de la gente cree que —las personas con discapacidad— que no podemos cuidar, que no podemos tener pareja, que no debemos tener trabajo," lo cual refleja un profundo estigma.
Sin embargo, la ley reconoce el derecho a la vida independiente (Artículo 5, fracción X) y a formar una familia, como parte de los derechos básicos que deben ser protegidos.
Frente a esta situación, especialistas y defensores de derechos humanos hacen un llamado a frenar la exposición mediática sin contexto y a garantizar que casos como el de Lupita no sean tratados con burla o prejuicio, sino con el enfoque legal y de derechos humanos que la ley establece.
