NUEVO LEÓN

Emite TEE sanción contra Samuel García

El TEE de Nuevo León impuso sanciones en cinco casos tras revisar 30 expedientes y estableció que las campañas pueden referirse a gestiones pasadas sin caer en ataques personales.

El Tribunal Estatal Electoral de Nuevo León emitió resoluciones clave sobre sanciones y reglas de campañas electorales.
El Tribunal Estatal Electoral de Nuevo León emitió resoluciones clave sobre sanciones y reglas de campañas electorales. Créditos: Archivo
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El Tribunal Estatal Electoral de Nuevo León (TEE) sesionó este día y resolvió 30 expedientes, de los cuales solo cinco resultaron en sanciones.

Entre las resoluciones, el TEE reiteró la solicitud a la Mesa Directiva del Congreso Local para sancionar a Samuel García por su intervención en redes sociales a favor de candidatos de su partido.

Además, impuso sanciones a José Luis Santos, diputado local del PAN, y a su partido, por irregularidades relacionadas con la participación de menores en campaña; así como a Eduardo Elizondo y el PAN por el mismo motivo.

También a Miguel Ángel Salazar y el PRI, por no garantizar derechos de la infancia en actividades de campaña.

Por otro lado, en cumplimiento de una orden de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TRIFE), se retiraron las sanciones impuestas a Manuel Guerra Cavazos, Alcalde de García, relacionadas con violencia política de género, luego de que su impugnación fuera aceptada.

El TEE también desechó quejas presentadas por Jessica Martínez y ciudadanos contra la consulta pública sobre reformas en temas de educación, respaldando los criterios del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León (IEEPCNL).

Establece TEE nuevos criterios para evitar ataques personales

Asimismo, el TEE estableció criterios sobre el uso de referencias a gestiones pasadas en campañas.

Determinó que es válido hacer alusión a administraciones anteriores de adversarios políticos, siempre que no se realicen críticas a nivel personal. 

Este criterio se definió en el contexto de las observaciones de Samuel García y Mariana Rodríguez sobre Adrián de la Garza. 

De igual forma, resolvió que los comentarios emitidos a título personal por políticos, como en el caso de Héctor Castillo Olivares respecto a Jesús Nava y Movimiento Ciudadano, no constituyen violencia política ni ataques personales.