Las reformas a la Ley Estatal de Salud de Nuevo León entraron en vigor este lunes tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado, incorporando nuevas disposiciones para la atención psicológica de pacientes con cáncer y el fortalecimiento de la atención integral a la primera infancia.
¿Qué contemplan las modificaciones aprobadas?
Las modificaciones, aprobadas por el Congreso local el pasado 3 de diciembre, contemplan el acompañamiento psicológico para personas diagnosticadas con cáncer de mama, de útero y de próstata, con el objetivo de mejorar su calidad de vida y fortalecer su proceso de atención médica.
Asimismo, la reforma establece atención integral para niñas y niños de 0 a 18 meses, que incluye evaluaciones periódicas del neurodesarrollo, con la finalidad de detectar de manera temprana posibles alteraciones y garantizar un desarrollo saludable en la primera etapa de vida.
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Estas medidas quedaron establecidas en los artículos 25, fracción II Bis, y 31 Bis 4 de la Ley Estatal de Salud.
Además, se adicionó el Artículo 34, con el que se otorgan atribuciones a la Secretaría de Salud estatal para fomentar la instalación de desfibriladores externos automáticos en espacios públicos y privados, como una acción preventiva para la atención inmediata de emergencias cardiovasculares.
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De igual forma, se modificó la fracción III del Artículo 44, incorporando la orientación y prevención de enfermedades renales dentro de los programas de educación para la salud.
Con estas reformas, la legislación en materia de salud en Nuevo León amplía su alcance en prevención, atención médica integral y atención oportuna a sectores prioritarios de la población.
