Los deudores alimentarios en Nuevo León ya no podrán tramitar ni renovar su licencia de conducir, luego de que el Congreso del Estado aprobara por unanimidad una reforma que busca garantizar el cumplimiento de las obligaciones familiares.
Con esta medida, quienes deseen realizar el trámite deberán presentar un certificado que acredite que no están inscritos en el Registro de Deudores Alimentarios, documento que será emitido por el Registro Estatal de Obligaciones Alimentarias.
Reforma busca proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes
La modificación fue aprobada dentro de la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado, con el objetivo de reforzar las medidas legales contra quienes incumplen con el pago de pensión alimenticia.
El Registro Estatal será el encargado de expedir los certificados de no inscripción, los cuales deberán solicitar las personas interesadas antes de iniciar su trámite de licencia.
Otros trámites también estarán restringidos
Además de la licencia de conducir, la reforma establece que las personas registradas como deudores alimentarios tampoco podrán:
- Postularse a cargos de elección popular ni participar en convocatorias de organismos del Estado.
- Ejercer como jueces, magistrados o concejales.
- Participar en convocatorias de organismos autónomos.
- Realizar trámites notariales relacionados con la compraventa de bienes inmuebles o la constitución y transmisión de derechos reales.
Con esta iniciativa, el Congreso local busca que el incumplimiento de las obligaciones alimentarias tenga consecuencias directas en trámites y responsabilidades públicas, incentivando a los deudores a regularizar su situación legal.
