Un juez de control del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX) autorizó la suspensión condicional del proceso a favor de Carlos Caro Quintero, quien fue detenido el pasado 6 de febrero de este año en la calle Sierra Ventana, colonia Lomas de Chapultepec.
El impartidor de justicia notificó a un juzgado de distrito y a un tribunal colegiado que el 20 de septiembre de este año se llevó a cabo la continuación de la audiencia intermedia en la que se autorizó la suspensión condicional del proceso a favor del hermano de Rafael Caro Quintero, fundador del Cártel de Guadalajara.
De acuerdo con información del TSJCDMX, el objetivo de la suspensión condicional es dar por terminado el proceso ordinario penal sin tener que llegar a un juicio oral y por ende sin que medie una sentencia, para los cual el imputado debe cumplir con un plan de reparación del daño y una serie de condiciones para que se extinga la acción penal.
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No obstante, el juez de control no ha hecho público el plazo de la suspensión condicional del proceso, el cual no puede ser inferior a seis meses ni superior a tres años, ni las condiciones que le impuso a Carlos Quintero.
Entre las condiciones que contempla el artículo 195 del Código Nacional de Procedimiento Penales se encuentran: residir en un lugar determinado; frecuentar o dejar de frecuentar determinados lugares o personas; tener un trabajo o empleo; no poseer ni portar armas, y someterse a la vigilancia que determine el juez de control, entre otras.
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Cabe recordar que Carlos Quintero fue vinculado a proceso el 13 de febrero de este año por los delitos de contra la salud; portación de arma de fuego de uso exclusivo del ejército, armada y fuerza aérea; posesión de cargadores de cartuchos para armas de fuego de uso exclusivo del ejército, armada y fuerza aérea y cohecho, dentro de la carpeta judicial 008/0172/2023.