Al retomar la discusión del tema, tres ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunciaron a favor de establecer que la prisión preventiva oficiosa no debe aplicarse de forma automática, así como por invalidar la aplicación de esta medida cautelar para tres delitos fiscales.
Durante la sesión de este martes, el ministro Luis María Aguilar Morales, quien tuvo a su cargo el proyecto de resolución, destacó que la privación automática de la libertad de una persona acusada de algún delito es contraria a los derechos humanos, por lo que debe ser el juez de control el que resuelva sobre su aplicación.
Respecto a la inclusión de delitos fiscales como contrabando, defraudación y tráfico de facturas falsas, en el catálogo de ilícitos contra la seguridad nacional, implica la creación de un régimen penal del enemigo.
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“Estimo que calificar este tipo de delitos como aquellos que atentan contra la seguridad de la nación, implica crear un régimen de derecho penal del enemigo en el que el presunto delincuente fiscal deja de ser considerado como parte integrante del Estado y se le considera y trata como un enemigo del Estado. La Seguridad Nacional no puede emplearse para justificar cualquier límite que el Estado imponga a las personas, no es ese el objeto de la protección de la nación. La criminalidad ordinaria, por muy grave que sea, no constituye una amenaza a la soberanía del Estado”.
En contra de la propuesta habló la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien señaló que la prisión oficiosa surge del texto constitucional para combatir los delitos graves, sobre la base de que ningún derecho humano es absoluto.
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“Tenemos claro, toda persona, todo ciudadano mexicano, tiene derecho de gozar de la libertad, de eso no hay duda, pero cuando se le señala como involucrado en la comisión de un delito de alta peligrosidad, se le debe dictar prisión preventiva oficiosa, medida severa, como severo es el delito que causó, toda vez que se le acusa de un atentado contra valores tan altos como la vida, la dignidad, el patrimonio de una persona”.
Asimismo, Esquivel Mossa advirtió que la SCJN no puede hacer modificaciones a la Constitución interpretándola de tal manera que sus disposiciones sean inaplicables en la práctica, ya que eso sería como violar una parte de la Constitución para proteger otra.
A favor de la propuesta de Aguilar Morales se sumaron los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo y Juan Luis González Alcántara Carrancá. El debate del tema continuará en la sesión del próximo jueves.