El gobernador de Puebla, Alejandro Armenta, publicó este viernes una reforma al Código Penal del estado, la cual ya recibido diversas críticas e incluso se le ha denominado como la "Ley Censura".
La modificación a la Ley de Ciberseguridad, se publicó en el Periódico Oficial de Puebla, y es impulsada por Morena, en la LXII Legislatura del Congreso poblano.
La normativa tipifica y sanciona conductas referentes al uso indebido de tecnologías de la información, y fue presentada el año pasado por José Luis García Parra, ahora coordinador de gabinete en el gobierno estatal.
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¿De qué trata la ‘Ley Censura’ en Puebla?
Con la modificación, entrada en vigor el 14 de junio, el Código Penal de Puebla tipifica y sanciona el delito conocido como 'ciberasedio'.
El Artículo 480 señala que se comete el delito de ciberasedio cuando alguien, a través del uso de las "tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional”.
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Las personas que sean declaradas culpables de este delito podrían ser acreedores a castigos como penas de 11 meses a 3 años de prisión; además de que se aplicaran multas que van de los 50 a 350 días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente; así las multas irán de 5 mil 657 a los 39 mil 599 pesos.
Organizaciones como Artículo 19 han afirmado que existe ambigüedad en la definición de 'insulto', que es un punto clave en la reforma al Código Penal.
Los legisladores explican que la ley busca proteger de manera integral los derechos de los menores al garantizar un entorno digital seguro que respete y "promueva derechos fundamentales como la protección contra la violencia, el acoso y la explotación en línea”.
Así es como la denominada 'Ley Censura' de Puebla plantea castigar y sancionar el delito de "ciberasedio", con la modificación al Código Penal estatal.
