Pierde Yunes control del PAN en Veracruz

El magistrado presidente del TEV, José Oliveros Ruiz, señaló que no hubo certeza en la elección debido a que el traslado de los centros de votación a la secretaría general no se hizo por parte de las personas designadas.

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Luego de confirmar irregularidades en el proceso para renovar la dirigencia del PAN en Veracruz efectuada el pasado 11 de noviembre; el pleno del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) determin\u00f3 anular el triunfo de Jos\u00e9 de Jes\u00fas Mancha Alarc\u00f3n – miembro del equipo del ex gobernador Miguel \u00c1ngel Yunes– como presidente del Comit\u00e9 Directivo Estatal.

De manera un\u00e1nime, los magistrados determinaron que al existir irregularidades deben de reponerse el proceso mediante una elecci\u00f3n extraordinaria.

Hay que recordar que Jos\u00e9 de Jes\u00fas Mancha Alarc\u00f3n hab\u00eda conseguido reelegirse en el cargo, tras derrotar al exdiputado local Joaqu\u00edn Rosendo Guzm\u00e1n Avil\u00e9s- quien interpuso el recurso por el que hoy anula la elecci\u00f3n-

La ponencia, a cargo del magistrado Roberto Eduardo Sigala Aguilar, determin\u00f3 que no se permiti\u00f3 el principio de equidad en la contienda.

\u201cTales inconsistencias son graves y determinantes de la entidad suficiente para anular la elecci\u00f3n, al vulnerarse el principio constitucional de certeza y autenticidad de las elecciones, colm\u00e1ndose en tales t\u00e9rminos los requisitos para declarar la nulidad de\u00a0la elecci\u00f3n\u201d.

Esto debido a que existieron violaciones a la cadena de custodia en el traslado de paquetes electorales de los centros de votaci\u00f3n a la sede de la Comisi\u00f3n Estatal Organizadora (CEO) por la intervenci\u00f3n de personas no acreditadas como auxiliares.

Adem\u00e1s, existi\u00f3 la omisi\u00f3n de la CEO de adoptar medidas para garantizar que los representantes de los candidatos pudieran ejercer su derecho de acompa\u00f1ar el traslado de los paquetes electorales desde el centro de votaci\u00f3n hasta la sede de la Comisi\u00f3n.

Tambi\u00e9n se evidenci\u00f3 la entrega indebida de paquetes electorales por parte de funcionarios distintos al presidente de la mesa de votaci\u00f3n a los presuntos auxiliares de traslado acreditados.

Adicionalmente, por la entrega de 156 paquetes electorales por personas de las que no se tiene certeza sobre la acreditaci\u00f3n como auxiliares electorales, 149 recibos de entrega de paquete electoral en los que no consta la firma de los representantes de los\u00a0candidatos.

Tambi\u00e9n 63 paquetes electorales en los que se simul\u00f3 que los Presidentes de las Mesas Directivas fueron quienes los habr\u00edan entregado directamente ante la CEO, siendo que en realidad se trataba de otras personas ajenas al proceso electivo, entre otras irregularidades.

Adem\u00e1s, se se\u00f1al\u00f3 la indebida apertura de paquetes de la elecci\u00f3n estatal para buscar actas de la elecci\u00f3n nacional sin permitir el acceso a los representantes del candidato actor, la indebida apertura de 4 paquetes electorales durante la sesi\u00f3n de c\u00f3mputo\u00a0sin que se hicieran constar las causas que motivaron dicha actuaci\u00f3n.

Detectaron violaci\u00f3n a la sesi\u00f3n de c\u00f3mputo por haberlo realizado sin que se contara con la totalidad de los paquetes electorales, aun cuando exist\u00eda tiempo disponible; inconsistencias en el acta de c\u00f3mputo respecto a la apertura y cierre de la bodega; inconsistencia\u00a0entre los recibos de entrega de paquetes electorales remitidos primigeniamente por la Comisi\u00f3n de Justicia en copia certificada y los que fueron recepcionados con posterioridad con la calidad de originales.

Incluso se evidenci\u00f3 que los \u00f3rganos partidistas responsables de la elecci\u00f3n (nacional y local) de remitir en tiempo y forma la totalidad de las constancias requeridas por este \u00f3rgano jurisdiccional, pese a que eran necesarias para la debida resoluci\u00f3n

La magistrada Claudia D\u00edaz Taboada asegur\u00f3 que se viol\u00f3 el principio de certeza en la elecci\u00f3n toda vez que no se hizo de manera adecuada el resguardo de los votos.

Por su parte, el magistrado presidente del TEV, Jos\u00e9 Oliveros Ruiz, se\u00f1al\u00f3 que no hubo certeza en la elecci\u00f3n debido a que el traslado de los centros de votaci\u00f3n a la secretar\u00eda general no se hizo por parte de las personas designadas.

La elecci\u00f3n present\u00f3 una diferencia de m\u00e1s de 400 votos, por lo que Guzm\u00e1n Avil\u00e9s impugn\u00f3 los resultados por presuntas irregularidades como la compra de votos, entrega de despensas y coacci\u00f3n.

Adem\u00e1s, debido a que seg\u00fan los resultados hubo 984 votos nulos, lo cual significa m\u00e1s de la diferencia entre el primer y segundo lugar; no obstante, el TEV regres\u00f3 el caso a los \u00f3rganos internos del PAN.

Este determin\u00f3 ratificar el triunfo de Mancha Alarc\u00f3n, lo que deriv\u00f3 en un nuevo recurso de inconformidad ante el TEV, y los magistrados analizaron los datos de prueba aportados por ambas partes.

De esta manera, los magistrados votaron de manera un\u00e1nime para anular esta elecci\u00f3n en la que votaron 19 mil 493 panistas.