Derivado de un recurso de impugnación luego de que el presidente municipal de Mecatlán, Veracruz, no aceptara una recomendación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), sobre el caso de una menor de edad, indígena totocana y víctima de violación sexual, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 65/2017, dirigida a dicho Ayuntamiento.
A través de un comunicado, la CNDH recordó que la víctima y su padre se presentaron en el ayuntamiento de Mecatlán para pedir ayuda a fin de ser trasladados a la Fiscalía Especializada de Papantla a presentar la denuncia penal respectiva, sin embargo, los policías municipales comisionados para apoyarlos los transportaron en una patrulla en la que también iban el presunto violador y su padre, el subagente municipal de Manantiales y dos policías municipales.
La joven relató que a la salida del poblado se desviaron a un campo deportivo donde estaba el abogado de su agresor, quien con uno de los policías le explicó que venía a negociar. El victimario rogó que no lo mandara a la cárcel de Papantla porque lo matarían, le ofreció dinero y prometió comprarle un terreno.
Los policías los retuvieron y presionaron para que no denunciaran al agresor e insistían que la ofendida se casara con él. Ella y su padre no aceptaron trato alguno.
En la Fiscalía Especializada de Papantla, el agresor no fue puesto a disposición, él y su padre nunca bajaron de la patrulla. Posteriormente supieron que estaba libre en una comunidad vecina.
La CEDH acreditó violación a los derechos humanos de la joven y determinó una indebida actuación en la integración de una investigación ministerial, omisión en la protección de la víctima, e injerencias arbitrarias contra la integridad psíquica de la víctima, pues los oficiales actuaron negligentemente al obstaculizar que el probable responsable compareciera ante la Fiscalía Especializada de Papantla y quedara libre.
Por lo anterior, emitió la recomendación 19/2016 dirigida al Fiscal General del Estado y al presidente municipal de Mecatlán, el primero la aceptó y en vías de cumplimiento, pero el segundo la rechazó, por lo que el padre de la joven interpuso recurso de impugnación contra esa negativa, que fue recibido por esta Comisión Nacional bajo el número de expediente CNDH/2/2016/541/RI.
La Comisión Nacional pidió al ayuntamiento de Mecatlán reparar integralmente el daño a la joven mediante atención médica, psicológica, social e indemnización correspondiente, inscribir a la agraviada y a su padre en el Registro Estatal de Víctimas para que accedan en lo conducente al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral del Estado.
Además, exigió implementar las garantías de protección a su seguridad personal en tanto se materializa y cumple la orden de aprehensión contra el presunto responsable; colaborar con la CNDH en la denuncia penal que realice contra los dos policías municipales y en la queja ante ese ayuntamiento contra el Síndico municipal por las probables responsabilidades administrativas en que incurrió.
Además, indicó que deberán capacitar a ambos policías en derechos de las víctimas o personas ofendidas, el respeto a su integridad personal y los derechos humanos a la legalidad y seguridad jurídica, realizar exhorto por escrito y de manera pública a AR1 y AR2 e incorporar copias de esta recomendación en los expedientes laborales y personales de los policías responsables, como constancia de las violaciones a los derechos humanos en que incurrieron, así como designar al servidor pública que fungirá como enlace con la CNDH para darle seguimiento a la recomendación