CNDH emite recomendación a gobierno de SLP por discriminación a trabajadora

Puntualizó que se deberá diseñar e impartir un curso integral de educación, formación y capacitación en derechos humanos para el personal. 

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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 61/2017, dirigida al Gobernador del Estado de San Luis Potosí, Juan Manuel Carreras López, con motivo de una serie de acciones por parte de autoridades de la Secretaría de Cultura, que afectaron los derechos humanos al trato digno y a una vida libre de violencia de una trabajadora que recibió tratos contrarios a su dignidad, los cuales que pusieron en riesgo su integridad.

Por lo anterior, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos recomendó al Gobernador de San Luis Potosí la reparación integral del daño a la víctima, a través de medidas de rehabilitación, satisfacción y de no repetición, en términos de la Ley Estatal de Víctimas; así como colaborar ampliamente en la presentación y seguimiento de la queja que la CNDH formule ante la Contraloría General del Estado, para que en el ámbito de su competencia inicie la investigación administrativa correspondiente contra las autoridades responsables.

También, puntualizó que se deberá diseñar e impartir un curso integral de educación, formación y capacitación en derechos humanos para el personal de la Secretaría de Cultura, en particular sobre el trato digno y el derecho de las mujeres para vivir una vida libre de violencia; generar un protocolo de actuación para las dependencias y entidades del gobierno estatal para que se respete el derecho al trato digno entre las trabajadoras y trabajadores, y en particular, el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

“Esta Comisión Nacional tuvo conocimiento de los hechos y atrajo el expediente iniciado por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí”, indicaron.  

Señalaron que al revisar los antecedentes del caso, este Organismo Nacional advirtió que la trabajadora había señalado ante la Comisión Estatal, en diferentes momentos previos a la presentación de la queja, haber sufrido actos de discriminación y la negativa de las autoridades estatales para informarle el estado en que se encontraba la investigación administrativa que se inició por la denuncia que ella presentó por acoso sexual, entre otros actos que dieron origen a múltiples expedientes en el organismo local y que, incluso, fueron motivo de las Recomendaciones 32-2015 y 3-2017 de la Comisión Estatal.

Explicó que, en este contexto, una vez recabada la información correspondiente, fue posible acreditar tratos contrarios a la dignidad que impidieron a la víctima hacer efectivas las condiciones jurídicas, materiales y de trato, acordes con las expectativas en un mínimo de bienestar reconocidas por el orden jurídico, lo que a su vez puso en riesgo su integridad física, en razón de la condición de salud que presenta.

“La trabajadora del Gobierno del Estado fue víctima de violencia contra la mujer, debido a que las autoridades propiciaron un ambiente adverso a ella entre el personal del área donde desempeñaba sus labores, al realizar señalamientos en su contra a causa de haber acudido ante instancias jurisdiccionales en busca de hacer efectivos sus derechos humanos; esa situación le produjo afectaciones a su integridad psicológica, y por ende, trasgresiones a su derecho a una vida libre de violencia”, subrayó.