¿Sabías que en la Ciudad de México tu mascota también debe tener su propia “CURP”? Desde abril de 2024, es obligatorio registrar a perros y gatos en el Registro Único de Animales de Compañía (RUAC). Este trámite, gratuito y completamente en línea, no solo protege a tu peludo amigo, sino que también te evita multas que pueden superar los $3,000 pesos.
¿Qué es el RUAC y por qué es importante?
El RUAC es una base de datos oficial creada por la Agencia de Atención Animal de la Ciudad de México (AGATAN). Su objetivo es promover la tenencia responsable y proteger a los animales de compañía del maltrato, abandono y extravío. Al registrar a tu mascota, obtienes una Clave Única de Registro, similar a la CURP humana, que sirve como identificación oficial del animal .
Este registro permite:
Te podría interesar
- Identificar a cada mascota y su tutor legal.
- Facilitar la localización en caso de pérdida.
- Actuar legalmente en situaciones de maltrato o abandono.
- Acceder a servicios y campañas de bienestar animal.
¿Cómo tramitar el RUAC para tu mascota?
El proceso es sencillo y se realiza en línea:
Te podría interesar
- Accede al portal oficial: https://ruac.cdmx.gob.mx.
- Crea una cuenta Llave CDMX: Si aún no tienes una, regístrate con tu nombre, apellido, correo electrónico y contraseña.
- Inicia sesión y captura tus datos como tutor del animal.
- Registra a tu mascota: Proporciona información como nombre, raza, edad, color, características físicas y datos médicos.
- Sube fotografías en formato JPG o PNG: Frontal, lateral o con el tutor.
Descarga la Clave RUAC: Una vez finalizado el trámite, el sistema generará una clave única que puedes imprimir o visualizar en la App CDMX.
¿Qué pasa si no registras a tu mascota?
No cumplir con esta obligación puede derivar en sanciones económicas y administrativas. Según la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la CDMX, las multas por no registrar a tu mascota oscilan entre $2,375.94 y $3,394.20 pesos, dependiendo de la gravedad del caso. Además, se contempla un arresto inconmutable de 24 a 36 horas para los responsables que incumplan con esta obligación.