Con 42 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones, este jueves el Congreso capitalino aprobó la llamada “Ley Malena”, mediante la cual se reforma la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México y del Código Penal para el Distrito Federal, en materia de violencia ácida.
Al fundamentar el dictamen, a nombre de las Comisiones Unidas de Igualdad de Género y de Administración y Procuración de Justicia, la diputada por Morena, Ana Francis López Bayghen Patiño, destacó que esta reforma considera a la violencia ácida como tentativa de feminicidio, además de que se reconoce como un nuevo tipo de violencia.
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“Los ejes del dictamen son: incorporación de un nuevo tipo de violencia contra las mujeres en la ley de acceso, violencia por ataques con ácido, sustancias químicas corrosivas, se contempla que las autoridades y personal de los servicios de salud deberá llevar a cabo un registro y remitir la información y estadística sobre las personas atendidas por este tipo de ataques".
"Se añade un capítulo segundo bis denominado lesiones por ataques con ácido sustancias químicas o corrosivas al código penal, el cual considera agravantes en razón de género. Es importante señalar que también se considerará como tentativa de feminicidio. La propuesta considera por supuesto a las mujeres trans y se consideran medidas de protección y reparación integral del daño para las víctimas de este tipo de violencia”, expuso.
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En tanto, al razonar su voto, la legisladora de Morena, Marcela Fuente Castillo, quien presentó la iniciativa hace más de un año luego de un trabajo de 2 años, resaltó que se trata de una ley vanguardista en América Latina.
Dijo que el ahora el Estado debe garantizar la reparación del daño de las víctimas de violencia ácida.
“Además, estamos reconociendo la reparación del daño porque ustedes quizá no lo saben, pero María Elena, Elisa, Sandra Carmen Márquez, todas las sobrevivientes y activistas de violencia ácida han tenido un proceso larguísimo y carísimo de reconstrucción de sus vidas, de sus cuerpos, de reconocerse nuevamente y eso eso no lo garantiza hoy día el estado".
"Pero hoy, hoy cambia, hoy si atacan a una mujer con ácido, esta tendrá acceso a la reparación del daño por parte del Estado y no hay pretextos para no poder reconstruir la vida y tener a la acompañamiento”, señaló.
Con la aprobación de este instrumento legislativo se establece que la Secretaría de Salud contará con un lapso no mayor a 90 días naturales a la entrada en vigor del decreto para que en coordinación con las autoridades competentes y a efecto de llevar un registro oficial, remitan información y estadísticas sobre las personas atendidas en caso de violencia por ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas.
Además, la Secretaría de las Mujeres en coordinación con las secretarías de Seguridad Ciudadana; Inclusión y Bienestar Social; Salud, y la Fiscalía General de Justicia, el Consejo para Prevenir y Erradicar la Discriminación, el Sistema Integral para el Desarrollo de la Familia y las comisiones Ejecutiva de Atención a Víctimas y de Derechos Humanos, formularán una política pública de atención integral a las víctimas.
Entre las diversas adiciones aprobadas al Código Penal para el Distrito Federal, se establece que, a quien por si o por interpósita persona cause lesiones por ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas, que provoquen lesiones ya sean internas, externas o ambas, se le impondrá de ocho a 12 años de prisión y multa de trescientas a setecientas veces la unidad de medida y actualización vigente.
El dictamen también considera que cuando las lesiones por ataques con ácido o similares sean cometidos en contra de una mujer en razón de su género, la pena establecida aumentará hasta en una mitad; establece entre otras cuestiones, cuando se cometa en contra de mujeres transexuales o transgénero, por razones que deriven de su orientación sexual, identidad o expresión de género.