POLÍTICA

AMLO publica en el DOF el decreto que extingue fideicomisos del Poder Judicial

El documento fue publicado en el Diario Oficial de la Federación en su edición vespertina de este viernes 27 de octubre.

Andrés Manuel Lópex Obrador extingue fideicomisos del Poder Judicial
Andrés Manuel Lópex Obrador extingue fideicomisos del Poder Judicial Créditos: Cuartoscuro
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El presidente Andrés Manuel López Obrador, publicó el Decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo 224 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, con el que se determina la extinción de 13 fideicomisos y señala que "no podrán ser creados ni mantenerse en operación otros fondos o fideicomisos adicionales al mencionado anteriormente".

Este documento fue publicado en el Diario Oficial de la Federación en su edición vespertina de este viernes 27 de octubre, con lo que se oficializa la desaparición de estos instrumentos, lo que generó una serie de movilizaciones por parte de trabajadores del Poder judicial.

De acuerdo al Decreto, este entrará en vigor al día siguiente de su publicación; además ordena la coordinación de instancias para ejecutar los actos y procesos necesarios para la extinción de los fideicomisos que no se ajusten a lo que establece en el artículo referido de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

También señala que se deben dar por terminado los mandatos correspondientes, es decir los fideicomisos, con la finalidad de que en el plazo máximo de 120 días hábiles posteriores a la entrada en vigor del presente decreto, se suscriban los convenios de extinción o terminación respectivamente.

En artículo transitorio cuarto señala que los recursos remanentes, así como los productos y aprovechamiento derivados de los mismos, independientemente del ejercicio fiscal en que se hayan originado y que formen parte de los instrumentos que se terminan, deberán enterarse a las unidades administrativas con funciones de tesorería, quienes a su vez deberán enterar la totalidad de dichos recursos a la Tesorería de la Federación.

Esto implicará qué los recursos deberán ser concentrados por concepto de aprovechamientos en la Tesorería de la Federación y se destinarán por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a los programas que permitan cumplir con el Plan Nacional de Desarrollo.