TEPJF ordena a Sheinbaum abstenerse de emitir expresiones que se consideren propaganda gubernamental

La Sala Superior confirmó las medidas cautelares ordenadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral contra la mandataria.

Piden a Claudia Sheinbaum Pardo abstenerse de hacer algún tipo de propaganda/Foto: cuartoscuro
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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo, abstenerse de realizar o emitir expresiones que pudieran considerarse propaganda gubernamental.

En sesión privada, la Sala Superior confirmó, por unanimidad, las medidas cautelares ordenadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) contra la mandataria capitalina por considerar que incurrió en actos de propaganda gubernamental en periodo prohibido de la revocación de mandato.

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En su proyecto, el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera señaló que, contrario a lo que argumentó Sheinbaum Pardo, la autoridad electoral no se encuentra obligada a esperar que se lleven a cabo todos los actos ordenados en la investigación para poder dictar las medidas cautelares, porque su propósito es restablecer de manera provisional y preventiva la situación presuntamente antijurídica, a fin de evitar una afectación mayor o de inminente irreparabilidad.

TEPJF hizo un llamado a la jefa de gobierno/Foto: cuartoscuro
TEPJF hizo un llamado a la jefa de gobierno/Foto: cuartoscuro

Por lo tanto, fue correcto que la Comisión de Quejas se pronunciara sobre las medidas cautelares, aun cuando no había concluido el periodo de 24 horas establecido por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral para que la jefa de Gobierno remitiera diversa información relacionada con las publicaciones en Twitter.

En lo que respecta al contenido de las publicaciones, la Sala señaló que éstas podrían constituir propaganda gubernamental difundida en periodo prohibido, por lo que fue necesario y justificado el dictado de medidas cautelares.

Finalmente, el TEPJF resolvió que la imposición de esta medida no vulnera la libertad de expresión de Claudia Shienbaum, pues todos los servidores públicos tienen un especial deber de cuidado con motivo de sus funciones, por lo que enfrentan limitaciones más estrictas en sus actuaciones.