Buscan sancionar con tres años de cárcel a quien revenda cubrebocas usados

La fracción parlamentaria de Morena urgen cambios legales para castigar esta conducta con hasta 26 mil pesos de multa y prisión por tres años.

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La fracción parlamentaria de Morena en el congreso capitalino prepara una iniciativa para sancionar severamente a quien recolecte cubrebocas u otros insumos de protección usados para ser reciclados y vendidos en la vía pública.

Ante la previsión de que estos productos se seguirán utilizando por algunos meses en la denominada "nueva normalidad", el Presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas del legislativo local, Nazario Norberto Sánchez, expuso que existe una laguna en esta materia, por lo que urgen cambios legales para castigar esta conducta con hasta 26 mil pesos de multa y prisión por tres años.

"Vamos a proponer que se impongan las penas más severas y que se adicione un artículo 159 bis en el código penal a efecto, a quien reutilice, recicle, revenda, done, maneje o disponga de instrumentos, materiales, máscaras quirúrgicas, caretas médicas, o cualquier producto similar desechable que haya sido usado y que ponga en peligro de contagio a la gente, a las personas", indicó.

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El diputado local por Gustavo A. Madero aseguró que existen vacíos legales para sancionar a quienes hagan negocio en el mercado negro con la salud de las personas, por lo que una vez que se reanuden las sesiones ordinarias, propondrá una iniciativa que adicione un nuevo artículo al Código Penal de la Ciudad de México.

Cabe señalar que actualmente en el Código Penal capitalino, en el Capítulo II, titulado Peligro De Contagio, contiene el Artículo 159: Al que sabiendo que padece una enfermedad grave en período infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por relaciones sexuales u otro medio transmisible, siempre y cuando la víctima no tenga conocimiento de esa circunstancia, se le impondrán prisión de tres meses a tres años y de cincuenta a trescientos días multa. Si la enfermedad padecida fuera incurable, se impondrán prisión de tres meses a diez años y de quinientos a dos mil días multa. Este delito se perseguirá por querella de la víctima u ofendido.