Los alcaldes electos que recibieron sus constancias de mayoría por parte del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), deberán iniciar a la brevedad el proceso de entrega-recepción de los recursos de la administración pública del Distrito Federal, difundieron las autoridades capitalinas en la Gaceta Oficial.
De acuerdo con la publicación, se deberá designar una Comisión de Transición para iniciar la transferencia de los documentos e informes, a efecto de dar conocer a los titulares de las alcaldías el estado en que se encuentran los recursos humanos, materiales y financieros de las hasta este miércoles delegaciones políticas.
También se deberá informar a los nuevos alcaldes sobre los programas, proyectos, presupuestos, inmuebles, obras públicas y adquisiciones, asuntos en trámite y jurisdiccionales, auditorías y demás asuntos tramitados durante la gestión pública de la administración saliente.
Los lineamientos para la integración de la Comisión de Transición, firmados por Eduardo Rovelo Pico, contralor General de la Ciudad de México, señalan que es obligación de los servidores públicos de los órganos político-administrativos de la Ciudad de México, conducir sus actividades de acuerdo a los principios de legalidad, transparencia, honradez, lealtad, imparcialidad, simplificación, agilidad, economía, eficiencia y eficacia.
El documento detalla que también se deberá efectuar una rendición de cuentas clara, completa y oportuna sobre las acciones realizadas y del ejercicio del gasto público.
Las autoridades capitalinas señalan que tratándose de la entrega-recepción final de las delegaciones, con motivo de la conclusión del periodo estatutario de gestión, la ley prevé que el proceso inicie desde que la autoridad entrante haya sido legalmente reconocida.
Una vez que los candidatos a alcaldes recibieron sus constancias de mayoría de manos del IECM, se deberá designar una Comisión de Transición para iniciar la transferencia, proceso en el que la Secretaría de la Contraloría General está facultada para expedir las normas que regulen el funcionamiento de los instrumentos y procedimientos de control y la entrega-recepción de los recursos.
El objetivo de este proceso es que de manera ordenada y calendarizada, el titular de la alcaldía electo conozca el estado en que se encuentran los recursos humanos, materiales y financieros asignados al órgano político administrativo.
Asimismo, los programas, proyectos, presupuestos, inmuebles, ingresos y egresos de centros generadores de aplicación automática, inventarios y almacenes, plantilla de personal, obras públicas y adquisiciones, asuntos en trámite y jurisdiccionales, auditorías y demás asuntos relevantes tramitados durante la gestión de la administración delegacional saliente, para que al momento de tomar posesión de su cargo, dé continuidad a las acciones, actividades, programas institucionales y la prestación de los servicios públicos de la alcaldía.
La Comisión de Transición, deberá estar conformada por la Comisión de Entrega y la Comisión Receptora, para lo cual el titular de la alcaldía electo deberá designar a cuatro personas que integrarán la Comisión Receptora y comunicar por escrito al titular de la jefatura delegacional en funciones, los nombres, domicilios, correos electrónicos y números telefónicos de contacto de dichas personas para recibir notificaciones.
Se precisa que los integrantes de la Comisión Receptora no podrán ser servidores públicos adscritos a la delegación, ni ocupar algún cargo actualmente en la administración pública de la Ciudad de México, salvo que los jefes delegacionales en funciones y los titulares de las alcaldías electos, de común acuerdo, manifiesten su conformidad para tal efecto.
A su vez los jefes delegacionales en funciones designarán a un mínimo de cuatro y un máximo de seis personas servidoras públicas de la delegación, con cargo mínimo de director de área, para integrar la Comisión de Entrega, quienes serán los responsables de entregar la información y documentación sobre el estado que guardan los recursos y asuntos de la administración saliente.
La Comisión de Entrega deberá invitar con tres días hábiles de anticipación al acto de instalación y a cada una de las sesiones de trabajo de la Comisión de Transición, a un representante del Órgano Interno de Control, para que conforme a sus facultades vigile el cumplimiento de los lineamientos.
La publicación aclara que la omisión o retraso en entregar la información por parte de los servidores públicos en funciones, implicará incumplimiento a los presentes lineamientos, en cuyo caso se deberá dar vista al Órgano Interno de Control para que proceda en el ámbito de sus atribuciones.