Emiten Norma Ambiental para el manejo integral de grasas y aceites

La dependencia destacó que dichos subproductos, cuando son descargados en el drenaje, pueden contaminar los cuerpos de agua.

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La Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) publicó este martes en la Gaceta Oficial, la Norma Ambiental NADF-012-AMBT-015, que establece las condiciones y especificaciones técnicas para el manejo integral de grasas y aceites de origen animal y/o vegetal residual, en territorio de la Ciudad de México.

Dicha norma establece las condiciones y especificaciones técnicas para el manejo de este tipo de residuos, y con ello, fomentar en la población, así como en los establecimientos industriales, comerciales y de servicios que operan en la capital del país, una cultura de separación, aprovechamiento y valorización de estos.

La dependencia destacó que dichos subproductos, cuando son descargados en el drenaje, pueden contaminar los cuerpos de agua. Esos residuos al mezclarse con restos de detergentes y jabones, llegan a generar “piedras de grasa”, las cuales pueden obstruir tuberías y colectores, llegando a provocar derrames e inundaciones.

Esto propicia malos olores, proliferación de fauna nociva y riesgos sanitarios y ambientales, así como afectaciones a la movilidad e incluso daños al patrimonio de los habitantes, situación que se traduce en un aumento de los costos de mantenimiento y operación del sistema de alcantarillado.

La norma indica que las grasas y aceites residuales de origen animal y vegetal deben ser separados desde las fuentes generadoras. Asimismo, el generador debe almacenar en contenedores con tapa y debidamente etiquetados, por separado, estos materiales, mismos que deben mantenerse alejados de fuentes de calor directo, deben estar protegidos de la luz y contar con molduras o agarraderas para facilitar su manejo por parte del usuario.

Entre otras disposiciones, indica que el prestador del servicio debe contar con los accesorios necesarios en la unidad de transporte para efectuar la labor de recolección, tales como: mangueras para trasvasar, rampas para cargar contenedores, plataformas impulsadas por sistemas hidráulicos u otras soluciones tecnológicas fijas o semifijas.

En el caso de los centros de acopio o recicladores, también deben contar con RAMIR y LAUDF y cumplir con las especificaciones técnicas que señala esta norma.

Es importante destacar que la Sedema apoyará de manera coordinada y en el ámbito de su competencia, a las delegaciones, en la difusión de actividades de educación ambiental en materia de manejo integral de grasas y aceites animales y vegetales, misma que será dirigida a la población en general.