CDMX agilizará localización de personas extraviadas con Sistema de Alerta Social

La Ley señala que las personas integradas al Sistema deberán portar una placa o pulsera con un código de identificación personal y números telefónicos de reporte.

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Con el fin de reforzar la estrategia de apoyo a los habitantes de la capital y atender situaciones de emergencia y extravío de personas para su localización y vinculación con familiares o responsables, el gobierno capitalino publicó el decreto por el que se expide la Ley del Sistema de Alerta Social de la Ciudad de México.

En la Gaceta Oficial, señaló que la presente normatividad es de orden público, interés social y observancia general en la Ciudad de México y la ubicación de las personas se lleva a cabo a través de la entrega de una placa o pulsera que contendrá un código de identificación personal y números telefónicos de reporte.

La aplicación de la presente ley corresponderá al titular de la Jefatura de Gobierno a través de la Secretaría de Desarrollo Social y su Subsecretaría de Participación Ciudadana, en coordinación con Locatel, la Secretaría de Seguridad Pública, la Procuraduría General de Justicia, los institutos para la Atención de los Adultos Mayores (IAAM) y de las Personas con Discapacidad (INDEPEDI) capitalinos y el Consejo Ciudadano.

El documento expone que para pertenecer al Sistema Alerta Social de la Ciudad de México se deberá cumplir con los requisitos y llenar los formatos necesarios por la Secretaría de Desarrollo Social, a través de la Subsecretaría de Participación Ciudadana.

Los integrantes del sistema tienen la obligación de portar, en todo momento, la placa o pulsera con su código de identificación personal y números telefónicos de reporte, así como de actualizar los datos en caso de que éstos cambien.

El registro contendrá el nombre, domicilio, fecha de nacimiento y teléfono de la persona a registrar; así como nombre, teléfono y domicilio de quienes se designen como contacto en caso de emergencia y/o extravío; y existirá un apartado de observaciones en donde se podrán anotar los datos necesarios para la identificación y tratamiento adecuado de la persona registrada.

En caso de emergencia, accidente o extravío, las dependencias lo harán del conocimiento del Locatel y/o Consejo Ciudadano, para informar sobre la emergencia, y mencionarán en todo momento el código de identificación personal impreso en la placa o pulsera proporcionada a la persona registrada en el sistema.

Al respecto, Locatel y el Consejo Ciudadano consultarán el Registro de las personas que se encuentran incorporadas al Sistema Alerta Social Ciudad de México, a fin de que se logre la vinculación con sus familiares o responsables de los mismos.

El decreto establece que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.