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Sheinbaum firma iniciativa de Ley General de Feminicidio

La iniciativa pretende homologar la investigación y las sanciones de este delito en todo el país.

Sheinbaum firma iniciativa de Ley General de Feminicidio.
Sheinbaum firma iniciativa de Ley General de Feminicidio.Créditos: Especial
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La presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, firmó y remitió al Congreso de la Unión la iniciativa de la Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar el daño por el delito de feminicidio. Este proyecto de ley tiene como objetivo unificar a nivel nacional los criterios de investigación penal y las penas punitivas para este delito, asegurando que todas las fiscalías locales actúen bajo un mismo protocolo para eliminar los márgenes de impunidad y evitar la reclasificación errónea de los casos.

¿Qué propone la nueva Ley General de Feminicidio en México?

Durante la conferencia matutina "Las mañaneras del pueblo", la titular del Ejecutivo Federal destacó que erradicar la violencia contra las mujeres requiere tanto de acciones preventivas y educativas como de una respuesta judicial contundente.

"Esta ley lo que hace es garantizar que en todas las fiscalías se trabaje igual el delito de feminicidio, evitar al máximo que pueda ser catalogado como suicidio, evitar al máximo que si se conoce la presunción del culpable de quien cometió este delito... tengamos cero impunidad", puntualizó Sheinbaum Pardo.

La mandataria federal recordó que, como la primera mujer en ocupar la presidencia, asumió el compromiso de llevar a la Constitución la igualdad sustantiva, la brecha salarial cero y el derecho a una vida libre de violencia. Asimismo, informó que, aunque el feminicidio registra una reducción del 36 por ciento en comparación con las cifras de 2021, la meta de su administración es erradicar por completo este delito del territorio nacional.

¿Cuáles serán las penas de cárcel y las agravantes?

De acuerdo con la consejera jurídica de la Presidencia, Luisa María Alcalde Luján, la nueva iniciativa homologa el tipo penal en todo el territorio mexicano, definiendo que "comete el delito de feminicidio la persona que prive de la vida a una mujer por razones de género".

La propuesta jurídica establece un catálogo de 10 razones de género (tales como antecedentes de violencia, signos de agresión sexual o asimetría de poder) e impone medidas sumamente severas:

  • Pena base: Prisión de 50 a 70 años.
  • Agravantes: Se contemplan 19 agravantes que incrementarán la condena hasta en una mitad (pudiendo superar los 100 años de cárcel) si la víctima está embarazada, vive con alguna discapacidad, es periodista, activista de derechos humanos, migrante, o si el agresor es funcionario público o usó sustancias inflamables o ácidas.
  • Sanciones accesorias: El culpable perderá la patria potestad, tutela, derechos sucesorios y de custodia, además de ser inhabilitado permanentemente para cualquier cargo público.
  • Sin beneficios penales: Se prohíben las atenuantes, amnistías, conmutación de penas o criterios de oportunidad. Además, el delito y la reparación del daño se declaran imprescriptibles.

¿Cómo cambiará la investigación de los feminicidios en las fiscalías?

La titular de la Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres, Maribel Bojorges Beltrán, precisó que las indagatorias deberán realizarse obligatoriamente con perspectiva de género y debida diligencia reforzada.

Para asegurar el éxito del proceso penal, la Unidad o Fiscalía Especializada que inicie la carpeta, junto con el Ministerio Público asignado, tendrá la obligación de intervenir de manera ininterrumpida desde el comienzo de la investigación hasta el momento de la ejecución de la sentencia, asegurando la preservación de los indicios y el análisis de los contextos de violencia.

¿Qué derechos tendrán las víctimas y sobrevivientes de violencia de género?

Por su parte, la subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Gómez Saracibar, detalló que la ley prioriza la reparación integral del daño, la cual tendrá un carácter transformador y oportuno. Los derechos reconocidos para sobrevivientes y víctimas indirectas abarcan:

  • Acceso inmediato a la verdad y a la justicia.
  • Servicios de salud médica y psicológica de urgencia.
  • Asistencia jurídica especializada sin costo.
  • Atención integral enfocada en hijas e hijos en situación de orfandad por este delito, incluyendo la creación del Registro Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes en Orfandad por Feminicidio.
  • Restitución digna del cuerpo de las víctimas y servicios gratuitos de traducción.

Además, los medios de comunicación y plataformas digitales estarán obligados por ley a respetar de manera estricta la dignidad de las víctimas directas e indirectas durante la cobertura de estos sucesos.

Para dar soporte a esta estrategia nacional, el Gobierno Federal recordó que mantiene activos diversos canales y espacios de atención inmediata para mujeres en situación de vulnerabilidad:

  • Centros LIBRES: 1,000 centros distribuidos en el país
  • Centros de Justicia: 85 centros especializados
  • Refugios temporales: 99 espacios de protección segura
  • Línea de emergencia: Marcación 079 (opción 1)
  • Red de Abogadas: 1,200 abogadas para las mujeres a nivel nacional