La movilidad de los menores de edad en casos de “abandono parental” por parte de alguno de los progenitores debería estar plenamente garantizada en la Constitución, plantearon legisladores federales y locales del Partido Verde (PVEM).
El diputado federal Ernesto Núñez y su compañera diputada en Michoacán, Sandra Arreola, llevaron a San Lázaro la iniciativa de reforma en esa materia a la cual denominaron “Ley Cazzu”.
Ello, a propósito de la controversia que enfrentan el cantante mexicano Christian Nodal y su expareja, la también cantante Cazzu, por la situación de su hija Inti y las peticiones de la madre, de viajar con la niña durante sus giras de trabajo.
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Autorizaciones para la movilidad de menores
Los integrantes del PVEM pidieron modificar la Constitución para establecer que el Estado garantizará que en todo procedimiento jurisdiccional y administrativo en materia familiar que involucre la salida de un menor del territorio nacional, el traslado o movilidad interna e internacional de los menores, se privilegiará el interés superior del menor, el derecho a la vida familiar, a la identidad y a la libertad de tránsito.
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La ley, añadieron, establecerá mecanismos ágiles, accesibles, con perspectiva de género y de derechos de la niñez para que la persona que ejerza “de manera principal” la guarda y custodia ante el abandono o incumplimiento reiterado e injustificado de las obligaciones de crianza, alimentación o convivencia del otro progenitor, pueda acceder a la autorización de movilidad nacional o internacional de amplia temporalidad.
Dichos permisos deberán estar sujetos a control judicial, a la protección integral del niño, niña o adolescente, así como a las obligaciones internacionales del Estado mexicano con el fin de evitar padres incumplidos utilicen el otorgamiento de permisos como forma de violencia o control sobre quienes están ejerciendo en los hechos y de manera efectiva los cuidados.
Solicitaron precisar en el texto constitucional que toda persona tiene derecho de acceso a la cultura y al disfrute de bienes y servicios del Estado en esa materia.
Reglas para garantizar la movilidad de menores
En artículos transitorios, pidieron contemplar procedimientos especiales, sumarios y de baja carga probatoria para la emisión de las autorizaciones de movilidad de menores a nivel nacional e internacional, cuando haya abandono o incumplimiento reiterado e injustificado de las obligaciones de crianza, alimentos o convivencia.
Demandaron incorporar criterios claros para acreditar el abandono parental, incluyendo elementos como registros de personas deudoras alimentarias morosas.
Planearon que la negativa injustificada o el “silencio” del progenitor incumplido a dar permiso de movilidad a los menores, no impida por si mismo, la emisión de las autorizaciones, ello, para evitar mayor afectación al interés superior de los infantes y adolescentes.
Indicaron que las entidades de la República tendrán un plazo de hasta un año para ajustar sus legislaciones civiles, familiares y procesales, a la reforma en cuestión.
Los poderes judiciales a nivel federal y local deberán integrar a sus protocolos de actuación y criterios jurisdiccionales, la obligación de juzgar con “perspectiva de infancia” y de género, en casos de movilidad nacional o internacional de niñas, niños y adolescentes, en especial cuando haya abandono parental, violencia económica o violencia vicaria, evitando revictimizar a quien esté ejerciendo el cuidado efectivo.
Justifican “Ley Cazzu”
Al sustentar su propuesta, el diputado Núñez Aguilar indicó que por interpretaciones normativas, en algunos casos se permite que personas incumplidas con sus obligaciones parentales conserven facultades para regir la vida de los menores.
En Europa y América Latina se presentan situaciones donde se usa de manera indebida la figura de corresponsabilidad parental como instrumento de control por parte de progenitores que no participan en las tareas de crianza, dijo.
Recordó que la polémica entre los artistas Christian Nodal y Cazzu, se desató en torno al uso de la tramitación de autorizaciones formales en materia de identidad y movilidad por parte de la persona que dejó de cumplir las responsabilidades parentales, para bloquear las decisiones de la madre con respecto a la movilidad de la hija.
Enfatizó que la norma internacional contempla medidas para impedir el traslado ilícito de menores a nivel local e internacional, pero éstas no deben ser utilizadas para impedir de manera injustificada, el traslado o movilidad de los menores a cargo de quienes en los hechos están ejerciendo el cuidado principal.
Insistió en que progenitores incumplidos y ausentes en la crianza y cuidado de los hijos, no deberían mantener facultades legales de interferir en decisiones como la obtención de documentos oficiales, traslados de lugar o cambios de residencia de los infantes.
La utilización de esas potestades para afectar al otro progenitor o al propio menor, se convierte en una forma de violencia indirecta al usar las necesidades de autorizaciones para presionar o controlar a la persona que está al cuidado del menor, remarcó.
“Ley Cazzu” a nivel nacional
El diputado Núñez recordó que la diputada Arreola promovió con éxito la “Ley Cazzu” en el Congreso de Michoacán, la cual debería ser adoptada a nivel nacional.
Manifestó que la propuesta publicada en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara y que está en espera de ser presentada públicamente desde la Tribuna de San Lázaro, ya cuenta con el respaldo de integrantes de distintas bancadas en el recinto.
La intención, dijo, es avanzar a un modelo de justicia familiar con enfoque de respeto al interés superior del menor y donde la patria potestad esté condicionada al cumplimiento de las responsabilidades parentales.
Conforme a los registros del recinto, está pendiente el turno de la propuesta a comisiones, trámite que la Mesa Directiva podría desahogar la siguiente semana.
