Fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo mediante el cual el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas aprueba la actualización del Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas.
En el nuevo protocolo se elimina el término “persona no localizada”
El documento, avalado en la segunda sesión ordinaria del organismo el 15 de diciembre de 2025, establece nuevos lineamientos obligatorios para autoridades de los tres niveles de gobierno en materia de búsqueda, localización e identificación de personas.
Entre los cambios más relevantes, destaca la eliminación del término “persona no localizada”, lo que implica que toda denuncia deberá activar de inmediato una carpeta de investigación y acciones de búsqueda sin retrasos.
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El protocolo actualizado incorpora nuevas herramientas como la Plataforma Única de Identidad, la Alerta Nacional de Búsqueda y la Base Nacional de Carpetas de Investigación, además del fortalecimiento del uso de datos biométricos.
También se refuerza la coordinación interinstitucional y la participación de familiares, colectivos y organizaciones civiles, quienes contribuyeron en su construcción mediante consultas públicas realizadas en 2025.
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El protocolo también define cinco tipos de búsqueda: inmediata, individualizada, por patrones, generalizada y de familia, con procedimientos específicos para cada caso, lo que busca hacer más eficaces las acciones de localización según el contexto de desaparición.
Asimismo, establece la obligación de generar registros, compartir información entre instituciones y mantener actualizado el Registro Nacional de Personas Desaparecidas, con el fin de mejorar la trazabilidad de los casos y fortalecer la respuesta del Estado ante este fenómeno.
El acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación y tiene el objetivo de consolidarse como uno de los principales instrumentos de la política pública para atender la desaparición de personas en México.
