EDOMEX

Juez concede suspensión a Isidro Pastor contra orden de aprehensión o comparecencia

El exdirigente del PRI en el Estado de México interpuso el juicio de amparo el pasado 19 de enero contra actos de jueces de distrito con sede en el Reclusorio Sur en la Ciudad de México.

Cabe recordar que en noviembre de 2025, una juez de distrito exoneró a Isidro Pastor del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita que le imputó la Fiscalía General de la República.
Cabe recordar que en noviembre de 2025, una juez de distrito exoneró a Isidro Pastor del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita que le imputó la Fiscalía General de la República.Créditos: Canva
Escrito en NACIONAL el

Un juez de distrito le concedió la suspensión provisional a Isidro Pastor Medrano contra la orden de aprehensión, comparecencia, presentación o arresto que se haya librado en su contra.

El exdirigente del PRI en el Estado de México interpuso el juicio de amparo el pasado 19 de enero contra actos de jueces de distrito con sede en el Reclusorio Sur en la Ciudad de México.

Jorge Adrián Cruz Flores, titular del Juzgado Tercero de Distrito en materia Penal con residencia en Toluca, Estado de México, explicó que como aún no se cuenta datos sobre el delito que se le podría imputar, la medida cautelar es para el efecto de que el político mexiquense no sea detenido en caso de que se le acuse por delitos que no ameriten prisión oficiosa.

Sin embargo, deberá presentarse ante el juez de la causa para la continuación del proceso penal, para lo cual contará con un plazo de tres días, contado a partir de la notificación, en caso de no hacerlo, la medida cautelar será revocada.

Asimismo, el impartidor de justicia refirió que tampoco se le podrá imponer la prisión preventiva justificada, aunque precisó que si la orden de aprehensión tiene como efecto proteger la integridad de alguna persona, podrá ser ejecutada al igual que la medida cautelar.

Cruz Flores le impuso a Isidro Pastor el pago de una garantía de 50 mil pesos para que la suspensión se mantenga vigente, para lo cual cuenta con un plazo de cinco días.

Cabe recordar que en noviembre de 2025, una juez de distrito exoneró a Isidro Pastor del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita que le imputó la Fiscalía General de la República, por la compra de un inmueble en 2013.