La Sala Superior del Tribunal Electoral se perfila para aprobar un proyecto elaborado por el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, que confirma la validez de la elección de magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial Federal.
El proyecto, relacionado con el expediente SUP-JIN-256/2025, refiere que Rufino León Tovar, el Partido Acción Nacional e Indira Isabel García Pérez presentaron escritos como terceros interesados, pero solamente se dio entrada a esta última, quien contendió por una magistratura del Tribunal de Disciplina Judicial.
Entre los agravios destacan: el uso de acordeones en la elección del 1 de junio; la limitación del voto por una división arbitraria de circuitos judiciales; la participación de servidores públicos en la promoción de la elección, y que 394 candidatos fueron beneficiados por publicidad en redes sociales.
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Sin embargo, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña propone en su proyecto que “no se acredita la existencia de una estrategia ilícita, coordinada, sistemática y generalizada para influir indebidamente en el voto de la ciudadanía, a través de la distribución masiva de acordeones o guías de votación”.
Señala que “la actora parte de una premisa inexacta, consistente en que el uso de los acordeones estaba prohibido en la elección”.
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Asimismo, sostiene que no hay elementos que acrediten a quién se le atribuye la distribución de los acordeones, y no existe forma de saber cómo se obtuvieron los ejemplares.
“No es posible sostener que un acordeón pueda imponer a la ciudadanía el deber de votar de forma concreta, específica e inmediata en la jornada electoral, máxime que la ciudadanía o las personas que hubieran presuntamente recibido el acordeón tuvieron la posibilidad de ignorar su contenido”, señala.
También indica que no se prueba la participación de funcionarios, servidores de la nación ni de MORENA en la estrategia de los acordeones.
“El mero hecho de que aparezcan en los acordeones candidaturas que resultaron posteriormente ganadoras no acredita la coordinación maliciosa de entes como el gobierno, partidos políticos, candidatos, sindicatos, empresarios, crimen organizado, iglesias, poderes federales, estatales o municipales”, afirma.
Por ello, “ante la falta de esos elementos probatorios, no procede declarar la nulidad de la elección por la presunta existencia de los denominados acordeones”.
El pasado 20 de agosto, la Sala Superior del Tribunal Electoral decidió validar la elección de ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a pesar del uso masivo de “acordeones”.
La mayoría, conformada por la magistrada presidenta Mónica Soto y los magistrados Felipe Fuentes Barrera y Felipe de la Mata Pizaña, votó en contra de los proyectos presentados por el magistrado Reyes Rodríguez y la magistrada Janine M. Otálora Malassis, que proponían la nulidad de la elección.
El Tribunal de Disciplina Judicial Federal tendrá como función principal vigilar, investigar y sancionar las conductas indebidas de jueces, magistrados e incluso ministros, con el objetivo de fortalecer la ética y la rendición de cuentas en el sistema judicial.
