LEY DE MOVILIDAD

¿Placas para los scooters y bicis eléctricas? El importante cambio de movilidad en CDMX

La medida ha dividido la opinión de los usuarios; para algunos, la regulación es necesaria para garantizar la seguridad en las calles; sin embargo, otros mostraron su inconformidad, porque eran los únicos vehículos que no exigían trámites adicionales.

Scooters, bicis eléctricas y bicimotos en CDMX: nuevas reglas y requisitos de movilidad.
Scooters, bicis eléctricas y bicimotos en CDMX: nuevas reglas y requisitos de movilidad.Créditos: cuartoscuro.
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El Congreso de la Ciudad de México ha aprobado reformas importantes a la Ley de Movilidad para regular la llamada "micromovilidad". Esto incluye scooters, bicicletas eléctricas y bicimotos, que pasan a formar parte de una nueva categoría denominada Transporte Motorizado Eléctrico Personal (VEMEPE), los cuales, serán acreedores a portar placas, y que sus dueños tengan licencia; esto es todo lo que debes saber al respecto.

¿Qué implica esta nueva regulación?

Uno de los cambios más relevantes es la obligación de contar con placas y una licencia específica para conducir este tipo de vehículos, proceso que arrancará en diciembre de 2025.

Las autoridades locales trabajan junto con la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) para definir homoclaves y formatos de placas que se adaptarán a esta nueva modalidad de movilidad eléctrica. Al mismo tiempo, se establecen nuevas restricciones de tránsito: scooters, bicis eléctricas y bicimotos ya no podrán circular por banquetas, ciclovías ni carriles exclusivos del transporte público.

El objetivo es evitar incidentes con peatones y ciclistas, así como ordenar el espacio vial en una ciudad donde cada vez más personas optan por alternativas de micromovilidad.

¿Por qué se quieren regular los scooters en CDMX?

Héctor Ulises García, secretario de Movilidad, explicó que “el parque vehicular se ha incrementado con 800 mil motocicletas, muchas de ellas scooters, bicicletas eléctricas o patines que no están debidamente regulados”. Y añadió  que "un vehículo de más de 25 kilos que rebasa los 25 km/h representa un riesgo”; declaró le funcionario en entrevista para MVS Noticias.

Scooters, bicis eléctricas y bicimotos en CDMX: nuevas reglas y requisitos de movilidad

Las reformas también establecen definiciones claras sobre qué vehículos entran en la categoría VEMEPE. Se consideran aquellos que tienen un motor eléctrico con potencia continua de entre 250 W y 1 kW, con manubrio, acelerador independiente y capacidad de alcanzar velocidades mayores a 25 km/h.

Para una mejor regulación se clasifican en dos tipos: los de menos de 35 kilogramos (Tipo A) y los que van de 35 hasta 350 kilogramos (Tipo B).