Ante las críticas que ha hecho la oposición a la nueva ley de telecomunicaciones y radiodifusión a la cual ha denominado “ley espía”, la presidenta Claudia Sheinbaum negó que esta ley se vaya a utilizar con fines de espionaje.
En Palacio Nacional, la mandataria federal dijo que la parte que regula ese apartado no cambió y se mantiene la misma redacción de la ley vigente de 2014, aprobada por PAN y PRI. Recordó que la a geolocalización se establece para la persecución de delitos únicamente con una orden judicial.
Descarta Sheinbaum que sea interés del gobierno espiar o censurar
“Es falso, cuándo se hace, cuando hay presunción de un delito y un juez lo permite no para cualquier ciudadano, eso está prohibido y sigue prohibido y está prohibido y está prohibido ahora solamente frente a una investigación de un delincuente, un presunto delincuente que se sabe su teléfono pues se le pide, necesito saber su geolocalización, porque si se detuviera fíjense si una persona se detiene debido a que se encontró su localización a través del teléfono, pero no fue orden después no es válido para el juez es igual que estaba antes, no hay ninguna diferencia, es inventar y la hipocresía, porque ellos sí nos espiaban a nosotros, la verdad”, declaró.
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Asimismo, la titular del Ejecutivo también rechazó que esta nueva ley busque censurar a los medios de comunicación. Aseguró que a lo que llaman censura es el derecho de audiencia que tendrán los ciudadanos para quejarse sobre temas en particular y no una acción de la autoridad reguladora.
“Ahora va a ir derecho del que escucha del que ve antes, no antes era lo que diga el medio de comunicación, eso es no ahora la ciudadanía puede reclamar a eso le llaman censura, pues como todo lo contrario, es una revisión ciudadana del derecho a la información que es un derecho constitucional”, señaló.
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Al respecto, José Antonio Peña Merino, titular de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, reiteró que para la intervención telefónica en casos de persecución de delitos es necesaria la orden judicial.
“Es decir, lo que hace la ley, la nueva ley en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, como lo hacía la ley anterior, es simplemente referir a operadores que deben colaborar en los términos de la ley y los términos de la ley es el Código de Procedimientos Penales que establece con toda claridad la necesidad de solicitar a un juez de control la autorización para este mecanismo”, expuso.
De igual manera, el funcionario precisó que no hay ningún acto de censura por parte de la autoridad, sino la restitución de los derechos de audiencia.
“Recordemos que los derechos de audiencia son un derecho humano previsto en el artículo sexto constitucional y que se restituyen en el nuevo dictamen de la ley en materia de telecomunicaciones y radiodifusión los derechos de la ley del 2014, tal y como estaban en la ley del 2014. Es decir, no hay ningún acto de censura por parte de la autoridad, lo que hay es una queja por parte de las audiencias que se presenta a un defensor de audiencias y en su caso la autoridad se percibe al medio”, indicó.
