El Primer Tribunal Colegiado en materia Penal dejó sin efecto la vinculación a proceso que se dictó en contra de Gualberto Ramírez Gutiérrez, ex titular de la Unidad Antisecuestro de la entonces Procuraduría General de la República (PGR), por los delitos de tortura y desaparición forzada en agravio de Felipe Rodríguez Salgado, El Cepillo, presunto sicario de Guerreros Unidos involucrado en el caso Ayotzinapa.
Por unanimidad, el órgano jurisdiccional aprobó el proyecto del magistrado Francisco Javier Sarabia Ascencio, quien argumentó que en este caso opera una atenuante a favor del exservidor público, ya que Rodríguez Salgado fue liberado dentro de los tres días siguientes a su detención.
Con ello, la pena que se le podría imponer sería de ocho meses a cuatro años de prisión y no de cinco a 40 años.
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Por ello, el Tribunal Colegiado ordenó al juez de control del Reclusorio Sur celebrar una nueva audiencia en la que la Fiscalía General de la República (FGR) y la defensa de El Cepillo, debatan si el delito de desaparición forzada de personas ya prescribió.
En el expediente se menciona que hay probables indicios de que Ramírez Gutiérrez, en su carácter de titular de la Subprocuraduría Especialidad en Investigación en Delincuencia Organizada (SEIDO), junto con otros funcionarios de alto rango, el 16 de enero de 2015, aproximadamente desde la 1:13 hasta las 3:30 horas, mantuvo oculta a la víctima en la Agencia de Investigación Criminal (AIC) y lo privó de ejercer sus derechos como detenido y de la 1:55 hasta las 3:30 le infringió actos de tortura física y psicológica con la intención de que se auto incriminara en la desaparición de los normalistas de Ayotzinapa.
