La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la incorporación de fotografías de candidaturas en las boletas electorales; tema que volvió a generar una división entre ministras y ministros.
Por mayoría de cinco votos, el pleno del alto tribunal aprobó el proyecto del ministro Giovanni Figueroa Mejía, quien propuso reconocer la validez del artículo 203, numeral 3, inciso “n” del Código Electoral de Coahuila, ya que la incorporación de la imagen no constituye propaganda electoral, ni viola el principio de equidad en la contienda.
Sin embargo, para la ministra Lenia Batres Guadarrama, las fotografías sí transgreden el principio de equidad de la contienda; incluso, señaló que frivolizan la competencia electoral.
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“Sí hay un modelo de boleta y hay un modelo de participación que tiene o que ha tenido nuestra elección, que en el momento en que la sustituyamos por los rostros de las personas pues vamos a quitarles su contenido político, vamos a individualizarlo al extremo y vamos a frivolizar finalmente la competencia electoral”.
En respuesta y en tono irónico, Figueroa Mejía hizo la siguiente sugerencia para evitar que los aspirantes a un cargo de elección popular no incurran en una irregularidad.
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“Si el rostro de las candidatas y candidatos viola el principio de equidad en la contienda electoral, entonces que las personas candidatas hagan campaña usando mascaras”.
La ministra María Estela Ríos González se sumó a la postura de Batres Guadarrama, al señalar que las fotografías convertirían a la contienda en reality show, ya que se vota por los partidos y sus plataformas y no por las personas.
“Cuál es la idea de los partidos, proponen plataformas políticas, se refieren a eso y lo que hacen es elegir a las personas, conforme a sus procedimientos internos, que representan mejor el sentido de las plataformas, sino nos estaríamos pensando en estos shows y espectáculos que salen en la televisión, reality show, vota por fulanito, vota por sutanito en función de la persona, no se trata de eso, sí tenemos que ser serios”.
Giovanni Figueroa calificó como paternalistas los comentarios de la exconsejera jurídica de la Presidencia de la República.
“Podemos considerar como muy paternalista este último argumento, es decir, el de pensar que simplemente van votar por una cara; pero, incluso, aunque fuera ese el elemento, es perfeccionamiento judicial controlar el tipo de razones que deben de tomar en cuenta las personas para votar”.
Tras este debate, la SCJN invalidó la porción normativa “total emitida” del artículo 18 del Código Electoral de Coahuila.
