El caso de Gerardo Covarrubias Huizar, ha cobrado un tinte distinto, después de una maratónica audiencia que se prolongó por más de diez horas, donde la jueza federal Salma Martínez Macías, con sede en Torreón, Coahuila, ordenó prisión preventiva para el abogado, señalado por presunta evasión fiscal de 160 millones de pesos correspondientes al ejercicio 2019.
Covarrubias Huizar fue identificado como una de las piezas clave en un esquema de pensiones irregulares que habría golpeado las finanzas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), con un daño estimado en más de 16 mil millones de pesos.
Gerardo Covarrubias enfrenta prisión preventiva en Coahuila
La defensa del litigante, integrada por seis abogados, solicitó la duplicidad del plazo constitucional —de 72 a 144 horas— antes de que se determine si será vinculado a proceso penal por los delitos fiscales que se le imputan.
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De acuerdo con fuentes judiciales, Covarrubias fue detenido la semana pasada en Gómez Palacio, Durango, cuando circulaba a bordo de un vehículo particular. Tras su aprehensión, fue trasladado al Centro de Justicia Penal Federal de Torreón, donde se desarrolló la audiencia inicial.
¿Cuál es la pena que le espera Covarrubias Huizar por fraude fiscal?
El delito de defraudación fiscal se encuentra tipificado en el Artículo 108 del Código Fiscal de la Federación (CFF), y las sanciones se establecen en el Artículo 109 y 110 del mismo ordenamiento.
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(No se castiga bajo el Código Penal Federal directamente, sino bajo el CFF, que es la ley especial en materia tributaria).
Si el monto excede los $7,804,230 pesos (equivalentes a 3 millones de UMA), el delito se considera “calificado” o “grave”, equiparable a delincuencia organizada si hay varias personas involucradas o se usaron empresas fantasmas
De acuerdo con el Artículo 108 del CFF: “El delito de defraudación fiscal se sancionará con prisión de tres meses a seis años el monto de lo defraudado no excede de 1000 veces el salario; cuando exceda, la pena será de tres a nueve años de prisión”.
Pero si se acredita que hubo uso de documentos falsos, simulación de actos o participación de varias personas (como en un esquema de pensiones ilícitas), se aplica el Artículo 109, que incrementa la pena hasta en una mitad adicional, es decir: hasta 13.5 años de cárcel.
Gerardo Covarrubias enfrenta un panorama complicado en caso de ser hallado culpable, pues, según el Artículo 92 del CFF, el delito no admite libertad bajo caución ni suspensión condicional del proceso, además de que el Ministerio Público puede solicitar aseguramiento de bienes y cuentas bancarias.
