El Comité de Evaluación del Poder Judicial informó que recibió la notificación de Tribunal Electoral donde se le ordena reanudar sus actividades, al considerar que el juez que determinó detener el proceso de selección de personas candidatas, es incompetente para decidir asuntos de carácter electoral.
Bajo el argumento, de que existe una contradicción, dicho Comité acordó solicitar al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación una definición en torno a este tema.
Los integrantes del Comité sostienen que el Tribunal Electoral no tiene facultades en materia de amparo, por lo que no puede eliminar las suspensiones dictadas por dos jueces.
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Por su parte, la Sala Superior del Tribunal Electoral argumenta que el juez es incompetente para otorgar un amparo respecto a asuntos que son eminentemente electorales.
TEPJ fija postura
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación informó que se mantendrá a la espera de la respuesta formal que emita el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación, luego de la sentencia que le ordena reanudar sus actividades.
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Aclaró que no hará pronunciamientos públicos hasta no ver cumplidos los plazos y analizar el fondo jurídico de este asunto.
Ratificó su absoluto respeto “al marco constitucional y a las leyes que de él emanan".