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Sala Superior de TEPJF revoca sentencia en asignación de regiduría en Guadalupe, Zacatecas

Se consideró que la Sala Regional Monterrey no observó el principio de paridad.

La Sala Superior revocó la sentencia de la Sala Regional Monterrey porque interpretó indebidamente el principio de paridad.
La Sala Superior revocó la sentencia de la Sala Regional Monterrey porque interpretó indebidamente el principio de paridad.Créditos: @TEPJF_informa
Escrito en NACIONAL el

La Sala Superior del Tribunal Electoral revocó la sentencia emitida por la Sala Regional Monterrey relacionada con la asignación de una regiduría en Guadalupe, Zacatecas.

El proyecto aprobado por mayoría de votos y propuesto por la magistrada presidenta Mónica Soto, establece que se debió interpretar la norma local para dar efecto útil al principio de paridad de género a partir del principio de igualdad como parte del derecho político de las mujeres. 

Este caso surgió a partir del recurso que presentó una candidata para que prevalezca su asignación en la tercera regiduría de representación proporcional, al considerar que la Sala Regional Monterrey no observó el principio de paridad.

“La regla aplicable debe ser interpretada en el sentido de que, si la integración del Ayuntamiento por mayoría relativa es paritaria en la primera ronda, se asignarán mujeres y en las rondas siguientes hombres, siempre que no haya una mujer que tenga un mejor derecho oposición, acorde con las listas de representación proporcional”, señaló.

 

El proyecto fue aprobado por mayoría de votos. El magistrado Felipe Fuentes Barrera votó en contra mientras que la magistrada Janine Otálora emitió un voto concurrente.