La formulación y presentación de iniciativas ciudadanas de reforma a distintas leyes debería ser menos complicada y contar con herramientas de apoyo como una aplicación móvil diseñada y autorizada por el Instituto Nacional Electoral (INE) para la recolección de firmas, propuso el integrante de la bancada del Movimiento Ciudadano (MC) en la Cámara de Diputados, Mario Alberto Rodríguez.
El congresista planteó cambios a la Ley Orgánica del Congreso y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para contemplar el uso de la tecnología señalada en el registro de firmas de respaldo a propuestas ciudadanas de reforma.
Asimismo, sugirió que las personas interesadas en participar en política a través del impulso a iniciativas de reforma, puedan contar con asesoría de la Cámara de Diputados y el Senado, a través de sus centros de estudio y organismos de servicios parlamentarios.
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Lo anterior, para asegurar que las iniciativas cumplan los requisitos técnicos y legales necesarios, a fin de que sus planteamientos no sean desechados y se procesen en las comisiones ordinarias de trabajo.
Aplicación móvil para juntar firmas
Precisó que en el caso de la creación de la aplicación móvil para juntar firmas, el INE, a través de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, previa solicitud de los ciudadanos, debería dar acceso a ese instrumento para captar firmas.
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“El apoyo únicamente se podrá expresar a través del original de la credencial para votar expedida por el Instituto, para garantizar la autenticidad de la manifestación formal de la voluntad”, señaló.
El INE también deberá verificar la autenticidad de las credenciales de elector de quienes estén participando en el apoyo a iniciativas de reforma ciudadanas.
De igual modo, verificará y validará la base de datos que se genere con la recolección de firmas, que los datos de quienes firmen aparezcan en las listas nominales de electores y se cumpla el requisito de que las firmas sean equivalentes “cuando menos al cero punto 13 por ciento de la lista nominal de electores”.
Impulsar la participación ciudadana
En respaldo a su proyecto el legislador indicó que su propósito es fortalecer las vías de participación ciudadana en la toma de decisiones de las autoridades y los representantes populares.
Recordó que la Constitución establece como derechos de los ciudadanos, además de emitir el voto, el de iniciar leyes conforme a los requisitos establecidos, y participar en procesos como consultas populares y revocación de mandato.
Requisitos vigentes para iniciativas ciudadanas
Indicó que la ley vigente establece que las iniciativas provenientes de la ciudadanía, deben presentarse a las presidencias de las Cámaras del Congreso de la Unión y en periodos de receso, ante la presidencia de la Comisión Permanente.
Todas las iniciativas ciudadanas deberán ser entregadas en la Cámara de Diputados, excepto cuando traten sobre empréstitos, contribuciones, impuestos o reclutamiento de tropas.
Deben incluir los nombres completos de los firmantes, su clave de elector o el número identificador que aparece al reverso de la credencial para votar vigente.
Cuando haya errores en la identificación de los ciudadanos, podrán subsanarse siempre y cuando no superen el 20 por ciento del total de firmas requeridas.
No serán válidas las firmas cuando los datos estén incompletos, equivocados o sean falsos y no permitan identificar al ciudadano; cuando no incluyan la clave de elector ni el número de identificación que tiene la credencial del INE, cuando haya firmas duplicadas y cuando los ciudadanos hayan sido dados de baja de la lista nominal de electores.
Cuando una iniciativa sea presentada, la presidencia de la Cámara receptora debe solicitar al INE que valide los datos presentados y el número de firmas sean equivalentes, al menos, al 0.13 por ciento de la lista nominal de electores, es decir, aproximadamente 127 mil 829 firmas.
La autoridad electoral tendrá no más de 30 días naturales para llevar a cabo ese paso, y si los datos no son verídicos, el asunto se dará por concluido en el legislativo. los promoventes podrán acudir al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), si impugnan la decisión del INE.
Si la iniciativa cumple los requisitos, será turnada a comisiones ordinarias en la Cámara de origen, donde seguirá el proceso parlamentario ordinario.