Por unanimidad de votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló las modificaciones a la Ley General de Salud y a la NOM 051-SCFI/SSA1-2010, que introdujeron el sistema de etiquetado frontal de advertencia que se ha utilizado en el país desde el año 2020.
Al presentar el proyecto que estuvo a su cargo, Yasmín Esquivel Mossa señaló que uno de los motivos que tuvo el legislador para establecer el actual etiquetado de alimentos y bebidas, fue que, de acuerdo a un estudio realizado por científicos del Instituto Nacional de Salud Pública, 3 de cada 4 mexicanos mayores de 18 años que viven en zonas de bajos ingresos sufren de diabetes, hipertensión, sobrepeso, obesidad y otras enfermedades crónicas, lo cual refleja un serio problema de salud pública en México.
Inclusive, la Ministra Esquivel recalcó que México ocupa el primer lugar a nivel mundial en prevalencia entre adultos de diabetes y el segundo en obesidad.
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Lo anterior, junto con datos y evaluaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y la Organización Panamericana de la Salud, impulsó a los legisladores mexicanos a adoptar el nuevo sistema de etiquetado frontal de advertencia, el cual tiene como objetivo permitir a los consumidores contar con información rápida, sencilla y clara sobre los ingredientes que tiene en exceso un producto, y con ello fomentar la toma de mejores decisiones alimenticias.
Para respaldar su propuesta, Yasmín Esquivel hizo referencia a la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2021 Sobre Covid-19, del Instituto Nacional de Salud Pública, la cual arrojó que 74 por ciento de la población entrevistada considera que el etiquetado introducido con las reformas impugnadas es bueno o muy bueno para conocer el exceso de calorías, nutrientes críticos, o la presencia de aditivos asociados con daños a la salud en alimentos y bebidas.