El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena dio a conocer el proyecto de resolución en el que propone anular el segundo párrafo del artículo 19 constitucional que ordena la prisión preventiva oficiosa en casi veinte delitos.
Este asunto será discutido por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) hasta el mes de septiembre de este año.
Por tratarse de un amparo en revisión, el alto tribunal solo necesita seis votos para inaplicar dicha porción normativa, aunque la resolución solo beneficiará al quejoso.
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Para sentar jurisprudencia, es decir, para que se vuelva un criterio que deberán tomar en cuenta los tribunales del país, se necesitarán reunir ocho votos.
Este asunto está relacionado con el caso en el que se acusa a un hombre del delito de violación impropia agravada cometida a una niña de nueve años de edad en el estado de Baja California.
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El proyecto de Ortiz Mena no ordena la libertad del imputado, sino que la autoridad responsable debe pronunciarse nuevamente sobre la situación jurídica del quejoso, bajo la consideración de que únicamente se le puede imponer la prisión preventiva justificada, la cual, a decir del juzgador, “introduce caos y desorden” al sistema constitucional.