SOLDADO

Jueza ampara a mujer soldado por violencia institucional

La impartidora de justicia advirtió que el patrón de conducta en el que incurrieron las autoridades militares revela una dinámica de represalia directamente.

Una mujer militar.
Una mujer militar.Créditos: Pexels / Ilustrativa
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El Juzgado Noveno de Distrito con residencia en Guanajuato le concedió el amparo a una mujer soldado, al quedar demostrada la violencia institucional que sufrió luego de denunciar acoso sexual por parte de un teniente de la Guardia Nacional.

En su resolución, la impartidora de justicia advirtió que el patrón de conducta en el que incurrieron las autoridades militares revela una dinámica de represalia directamente relacionada con su denuncia de hostigamiento sexual, ya que en menos de dos meses la trasladaron de Jerécuaro, Guanajuato a San Juan del Río, Querétaro; luego estuvo en las instalaciones de la Policía Militar en Irapuato, Guanajuato, hasta que el 15 de mayo de 2023, la trasladaron a Apodaca, Nuevo León.

Mencionó que estos traslados, lejos de ser movimientos rutinarios, fueron medidas punitivas destinadas a ejercer presión sobre la quejosa, lo cual es indicativo de violencia institucional con el fin de aislarla, desestabilizarla o castigarla por haber denunciado el
hostigamiento.

La soldado, quien fue contratada como policía militar, refirió que fue víctima de hostigamiento sexual por parte de un teniente de la compañía de la Guardia Nacional de Jerécuaro, Guanajuato, hecho que denunció a un capitán, quien afirmó que llevaría el asunto “de manera interna”; a partir de ese momento fue objeto de represalias como amonestaciones y arrestos, traslados a compañías en diferentes entidades federativas; además, se le iniciaron procesos por deserción del Ejército mexicano, así como la imputación de delitos contra la disciplina militar.

La juzgadora ordenó a las autoridades militares reinstalar a la mujer, de manera inmediata en el cargo y rango que le corresponda, con la reintegración de todas las prestaciones no recibidas durante el período de separación.

Si decide no reincorporarse, se le deberán pagar las prestaciones adeudadas de forma actualizada. Además, ordenó el reembolso de los gastos realizados por la quejosa y su familia con motivo de las represalias de que fue víctima.