La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) con el que se aprobó el registro de Santiago Nieto Castillo como candidato de Morena al Senado de la República por el estado de Querétaro.
La magistrada Marcela Fernández Domínguez argumentó que el extitular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) no cumple con el requisito de contar una residencia de más seis meses en aquella entidad.
“En autos existe evidencia irrefutable porque, aun cuando el candidato manifestó que desde hace más de cinco años contaba con residencia en el estado de Querétaro, contrario a su afirmación, con elementos de prueba quedó demostrado que ha residido de manera continua fuera de la entidad federativa por motivo del ejercicio de cargos públicos, tanto de naturaleza federal como estatal, cuyos domicilios oficiales se encontraban de manera incontrovertible en Toluca, Estado de México; la Ciudad de México y el más reciente en Pachuca de Soto, Hidalgo”.
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Al votar en contra del proyecto, el magistrado Alejandro David Avante Juárez, presidente de la Sala Toluca, señaló que se debe de confirmar el registro de Nieto Castillo, toda vez que el acuerdo del INE establece que la residencia efectiva también se puede acreditar con la credencial para votar.
“En autos tenemos la copia certificada de la solicitud de registro de la candidatura y se advierte que el domicilio que está establecido en la credencial para votar con fotografía y aquel que se asentó en la solicitud, es el mismo. Estamos en el supuesto de aplicación del punto séptimo de ese acuerdo CG/200/625 de 2023, el cual es cierto, firme y aplicable y la autoridad administrativa lo que hizo fue aplicar sus reglas, no solo la emanada del acuerdo, sino del reglamento de elecciones”.
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Por este motivo, la Sala Regional ordenó a Morena sustituir la candidatura de Santiago Nieto, quien cuenta con un plazo de cinco días para impugnar esta resolución ante la Sala Superior del TEPJF.