TRIBUNAL ELECTORAL

Desecha TEPJF queja por presunto desvío de recursos a campaña presidencial de Morena

El magistrado Reyes Rodríguez, quien votó en contra del proyecto, dijo que la Unidad Técnica del INE debió asumir su facultad de investigación.

Sesión pública del TEPJF.
Sesión pública del TEPJF.Créditos: Cuartoscuro
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La Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó la resolución de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE que desechó una queja presentada por el PRD contra las personas titulares de las Secretarías de Gobernación y del Trabajo, además contra Morena y Claudia Sheinbaum por el presunto desvío de recursos provenientes de las liquidaciones de trabajadores de Notimex a la campaña de la candidata presidencial.

El proyecto que fue elaborado por el magistrado Felipe Fuentes Barrera calificó de “frívola” la denuncia presentada por el PRD, ya que se basa en notas periodísticas y en una publicación en la red social “X”, sin aportar mayores elementos.

Asimismo, consideró que dicho partido incumplió con la carga probatoria mínima.

Este caso surgió a partir de las declaraciones públicas de la exdirectora de Notimex, Sanjuana Martínez, quien denunció que autoridades federales le solicitaron parte de los recursos que se entregarían como liquidación a extrabajadores de la agencia de noticias para la campaña presidencial de Morena.

El magistrado Reyes Rodríguez, quien votó en contra del proyecto, con la magistrada Janine Otálora, dijo que la Unidad Técnica del INE debió asumir su facultad de investigación y requerir la información necesaria.

“Exigirle al partido político que presente pruebas que confirme las aseveraciones de la exdirectora de Notimex, sería imponer una carga probatoria en mi consideración desproporcionada”, afirmó

En el mismo sentido, la magistrada Janine Otálora sostuvo que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral debió desplegar su facultad investigadora a partir de los elementos que tenía, además de que no llevó a cabo una investigación exhaustiva sobre este caso.

TEPJF da la razón a Denise Dresser

La Sala Superior del Tribunal Electoral revocó la sentencia dictada por la Sala Regional Especializada que había resuelto que la analista y periodista Denise Dresser había incurrido en violencia política de género contra la diputada de Morena. Andrea Chávez al emitir opiniones durante un programa de análisis el 15 de agosto del año pasado.

El proyecto elaborado por la magistrada Mónica Soto establece que las expresiones de Dresser Guerra se encuentran tuteladas y amparadas en ejercicio de la libertad de expresión y de la actividad periodística, ya que la finalidad de sus señalamientos fue tratar un tema de interés general relacionado con un presunto uso indebido de recursos públicos.

Al respecto, el magistrado Felipe de la Mata dijo que la violencia política de género no puede ser un instrumento para silenciar el ejercicio de la actividad periodística.

“La violencia política de género no puede ser un instrumento para silenciar a la prensa o al ejercicio libre del periodismo, la cautela y prudencia forman parte de las y los jueces en sus decisiones, la visión amplia y contextual es su deber ante casos que involucran derechos humanos como una vida libre de violencia, la libertad de expresión y del periodismo” indicó.

En el mismo sentido, la magistrada Janine Otálora sostuvo que no se puede permitir que las luchas y logros de las mujeres se utilicen para hacer a un lado la crítica y la exposición de información de relevancia pública.

Confirma acuerdo sobre voto de personas en prisión preventiva

La Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó el acuerdo del INE por el cual se aprobaron los lineamientos, el modelo de operación y la documentación electoral para la organización del voto de las personas en prisión preventiva para la elección de la Presidencia de la República y las elecciones locales en Hidalgo, Ciudad de México y Chiapas.

Diversas personas en prisión preventiva impugnaron el acuerdo, al considerar que se restringe su derecho a votar en los estados que no lo tienen regulado.

El proyecto elaborado por la magistrada Mónica Soto Fregoso, determinó que el acuerdo impugnado no anula el derecho a votar de las personas en prisión preventiva que se encuentran en centros de readaptación social en entidades federativas cuyas legislaciones no se encuentre regulado.

Resaltó que el INE garantizó su derecho humano al voto activo, porque lo implementó para el proceso electoral federal en la elección presidencial y, adicionalmente, lo potencializó al incorporar a las entidades que tienen regulado este tema.

Asimismo, pidió al Consejo General del INE y a los Organismos Públicos Electorales Locales para que, en un ejercicio de progresividad, continúe implementando las medidas operativas necesarias para materializar el derecho a votar en los próximos procesos electorales. 

Confirma sentencia de Sala Regional Especializada

La Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada que determinó la existencia de violencia política en razón de género cometida por la diputada María Teresa Castell, al emitir opiniones en redes sociales y por expresiones vertidas en un programa transmitido en Youtube.

De acuerdo con la resolución se negó la identidad de la diputada trans Salma Luévano.

Por ello, el proyecto aprobado confirmó la sentencia, al considerar que no se pueden pasar por alto expresiones encaminadas a desconocer la identidad de género de las personas trans o a vincular esa identidad de género con características negativas.

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