Un tribunal colegiado concedió la suspensión provisional a Gregorio Salazar Hernández, juez de control con residencia en el penal del Altiplano, quien fue señalado en la conferencia mañanera de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, luego de que ordenó la liberación de José Alfredo Cárdenas Martínez, El Contador, líder del Cártel del Golfo y sobrino de Osiel Cárdenas Guillen.
En su escrito, el impartidor de justicia argumentó que la exhibición y las amenazas ante la opinión pública, que no estén basadas en información cierta y veraz, violentarían la independencia judicial, “ante la erosión de la confianza social como efecto ineludible del linchamiento mediático”.
Ante ello, el Vigésimo Tribunal en materia Administrativa consideró fundado el agravio de Salazar Hernández y ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) no vulnerar la independencia judicial, el honor y reputación del juzgador.
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Asimismo, la institución que encabeza Alejandro Gertz Manero deberá de eliminar de la red social “X” los mensajes que posteó el 3 de diciembre de este año para criticar la resolución con la que otorgó la libertad de Cárdenas Martínez.
También deberá de retirar de su página de internet el comunicado de prensa, ya que más que informar a la ciudadanía, tiene por objeto atribuir al juzgador, sin base objetiva alguna, una supuesta violación a la certeza de su decisión judicial bajo la consecuencia de sujetarlo a proceso penal.
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Del mismo modo, el tribunal ordenó a la FGR en “X” y en su página oficial de internet la versión pública de la sentencia, como medida provisional para restaurar cautelarmente la independencia judicial.
En caso de informar y opinar sobre las resoluciones emitidas en los juicios en trámite; deben realizarlo de acuerdo a los deberes de veracidad, objetividad e imparcialidad, sin realizar valoraciones subjetivas, ataques, denostaciones o insinuaciones de ilicitud que afecten el honor de la persona juzgadora, pues dicha crítica objetiva deberá referirse al contenido de tales determinaciones con base en argumentos jurídicos.
Finalmente, la FGR deberá abstenerse de prejuzgar materialmente y en consecuencia, realizar presiones indebidas de carácter mediático sobre los casos respectivos del juzgador que estén en trámite.