Un juez de distrito rechazó la petición del Instituto Nacional Electoral (INE) para revocar la suspensión definitiva que le otorgó a la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito (JUFED) contra la reforma judicial, debido a que no se actualiza un hecho superveniente.
Sergio Santamaría Chamú, titular del Juzgado Primero de Distrito con residencia en Michoacán, justificó su decisión al argumentar que el INE no puede usar como excusa para no cumplir con la medida cautelar el pronunciamiento del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), pues esa “resolución a la que denominó sentencia”, no se emitió en un proceso legal, además de que violenta el estado democrático.
Agregó que la determinación de la Sala Superior del TEPJF no tienen efectos vinculantes para el juzgado de amparo, ya que su alcance es limitado, pues carece de la fuerza jurídica de sentencia, además de que no existe en la Ley General de Medios de Impugnación en materia Electoral, juicio o recurso alguno que tenga por objeto que el Tribunal Federal Electoral pueda resolver sobre actos de órganos de control constitucional que estén fuera de su esfera de competencia.
Santamaría Chamú puntualizó que será la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la que dé claridad en este tema y mientras ello ocurre, las determinaciones judiciales deben ser acatadas por las autoridades responsables.
Por esta razón, dio un plazo de 48 horas para que el INE cumpla, sin excusas ni pretextos, con la suspensión definitiva.
Asimismo, el juzgador dio a conocer que el INE, la Secretaría de Hacienda y el Senado de la República interpusieron los recursos de revisión para impugnar la suspensión definitiva que se le otorgó el 3 de diciembre de este año a la JUFED.