CÁMARA DE DIPUTADOS

Endurecer penas contra quienes obliguen a abortar, propone diputada de Morena

Elevar las sanciones a terceros y médicos y personal de salud que obligue a una mujer a abortar, plantea la morenista Mariana Benítez.

La diputada del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Mariana Benítez, planteó modificaciones al Código Penal Federal para elevar la pena vigente.
La diputada del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Mariana Benítez, planteó modificaciones al Código Penal Federal para elevar la pena vigente.Créditos: Cuartoscuro
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En la Cámara de Diputados, se propuso una reforma que incrementa las penas a terceros que obliguen a una mujer a abortar, pero mantiene la penalización de seis meses a un año de prisión, a la mujer que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar, después de las 12 semanas de gestación.

La diputada del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Mariana Benítez, planteó modificaciones al Código Penal Federal para elevar la pena vigente, de uno a tres años de cárcel, a tres y hasta cinco años de prisión, sin importar el medio que se utilice para hacer abortar.

La iniciativa añade que si el aborto lo causa un médico o personal de salud, incluyendo “comadrón o partera”, la sanción de suspensión en el ejercicio de la profesión, subirá de 2 a 5 años, a un mínimo de 3 a hasta 6 años de bloqueo para seguir trabajando en el área de la salud.

Elimina del texto la palabra “madre”, para dejar en claro que a quienes protegerá la ley serán mujeres o “personas gestantes”.

Plantea suprimir del Código Penal Federal las referencias a distintas circunstancias en que pudiera verse involucrada una mujer, en caso de aborto y que a la letra decía: “que no tenga mala fama; que haya logrado ocultar su embarazo y; que éste sea fruto de una unión ilegítima”.

También solicitó borrar de la ley la frase “faltando alguna de las circunstancias mencionadas, se le aplicarán de uno a cinco años de prisión”.

Hace una enmienda más al artículo 333 del ordenamiento, penal, el cual señala que “no es punible el aborto causado sólo por imprudencia de la mujer o persona gestante”.

Lo anterior para suprimir la frase “embarazada o cuando el embarazo sea resultado de una violación”.

La diputada Benítez Tiburcio también planteó derogar el artículo 334 del Código, referente a que no se aplicará sanción cuando “de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte, a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora”.

“El aborto debe estar muy lejos de ser un problema penal y más bien atenderse como una problemática de salud pública que debe ser atendida y garantizada por el Estado. México tiene la obligación de promover, respetar, proteger y hacer realidad los derechos humanos, incluidos los relativos a la salud y la autonomía sexual y reproductiva de conformidad con los artículos 1o. y 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, expresó la promovente, al presentar su propuesta en la Tribuna de San Lázaro.