El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinó por mayoría de ocho votos, que son inconstitucionales las multas que se prevén a la par de una pena de prisión en el Código Penal de Puebla, para quienes cometan el delito de abuso sexual.
La mayoría del Tribunal Pleno determinó invalidar dichas sanciones económicas por tratarse de cantidades fijas que no permiten a los jueces atender a la gravedad de cada caso para fijar la cuantía de la pena.
Al pronunciarse sobre el asunto, Yasmín Esquivel Mossa señaló que las multas no debían considerarse como fijas, pues en realidad las cantidades previstas en las normas reclamadas constituyen el máximo por el que puede condenarse al agresor, de manera que es posible graduar la sanción en atención a las circunstancias de cada asunto y fijar una multa menor.
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Además, la Ministra destacó que el abuso sexual afecta sobre todo a niñas y mujeres adolescentes, y precisó que de acuerdo con el informe del Secretariado del Sistema Nacional de Seguridad Pública, durante el año 2023 dicho delito alcanzó la cifra de 35 mil 928 casos a nivel nacional, de los cuales 915 se cometieron en Puebla.
Por ello, estimó que es necesario ser sensibles frente a dicha realidad, y emprender una interpretación que permita castigar a los infractores también con sanciones económicas.