El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el presidente Andrés Manuel López Obrador vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad de los procesos electorales de Coahuila y del Estado de México, así como el federal del 2024, con las expresiones que realizó en la conferencia del 27 de marzo de este año, en la que habló del plan C y llamó a no votar por la oposición.
Por mayoría de votos, la Sala Superior confirmó la resolución de la Sala Regional Especializada en la que declaró la existencia de las infracciones atribuidas al primer mandatario.
Los magistrados consideraron que la Sala Especializada sí tiene competencia para resolver los hechos denunciados.
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En la misma sesión, la Sala Superior revocó la sentencia de la Sala Especializada que había determinado la responsabilidad del presidente de la República y otras personas servidoras públicas por infringir la Constitución y las normas electorales por las expresiones que emitió durante las mañaneras de los días 24 de mayo y 2 de junio de este año, que presuntamente estaban dirigidas a influir en las elecciones que iban a celebrarse en el Estado de México y Coahuila.
Al respecto, los magistrados determinaron que el discurso del titular del Ejecutivo federal tuvo el propósito de dar a conocer lo temas que se estaban abordando por los medios de comunicación como parte de la agenda nacional y a exponer una crítica a lo que estima forma parte de una estrategia que busca favorecer a un grupo, pero no se hizo un llamado al voto a favor o en contra de una opción política.