SUPREMA CORTE

SCJN invalida Ley de Contratación de Publicidad

El ministro Arturo Zaldívar se manifestó en contra de la resolución de la corte.

Ministra presidenta Norma Piña
Ministra presidenta Norma PiñaCréditos: Cuartoscuro
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Por vicios en el procedimiento legislativo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó, por mayoría de ocho votos, declarar la invalidez del decreto de la Ley de Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en materia de Contratación de Publicidad.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien tuvo a su cargo el proyecto de resolución, destacó que los legisladores incurrieron en cerca de 12 irregularidades entre las que destacan que no se formularon las excitativas a las comisiones, además de que no se distribuyó el proyecto en comisiones, ni en el pleno, no se envió oportunamente la orden del día y no se publicó el dictamen en la Gaceta Parlamentaria.

“Se estima fundado el concepto de invalidez en virtud de que la celeridad de mérito tuvo impactos en la deliberación y aprobación del proyecto, toda vez que provocó diversas irregularidades que afectaron la participación de los integrantes de las comisiones, juntas directivas y los propios legisladores en el estudio, toma de decisiones, preparación, discusión y aprobación del decreto cuestionado”.

Tal y como ha sucedido en otros asuntos vinculados con el gobierno federal, las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf, así como el ministro Arturo Zaldívar votaron en contra de invalidar el decreto.

Al respecto, Zaldívar Lelo de la Larrea destacó que los vicios del procedimiento legislativo no tienen el potencial para declarar la inconstitucionalidad de la norma impugnada, por lo que pidió ser cuidadosa al momento de revertir decisiones del Poder Legislativo, pues a diferencia de los diputados y senadores, los ministros no fueron electos democráticamente.

Ocho de los once ministros votaron a favor de esta resolución / Cuartoscuro

Tienen que ser suficientemente graves porque hay que salvaguardar el principio de autonomía y de trabajo del Congreso, del legislador democráticamente electo. Nosotros no somos electos democráticamente, de tal suerte que el sustento de nuestras decisiones tiene que estar en la Constitución, y solamente cuando se afecta el debate democrático o las reglas esenciales del procedimiento me parece que nos es dable invalidar un procedimiento legislativo, de lo contrario, desde mi punto de vista, creo que estamos en una cuestión de cuestionable legitimidad democrática y de afectación a la división de poderes”.

Los comentarios de Zaldívar causaron malestar a la presidenta de la Corte, Norma Piña Hernández.

“Respetuosamente no comparto los comentarios de que nosotros no somos electos democráticamente, es un sistema establecido en la Constitución, y tampoco comparto que realizar nuestra labor como tribunal constitucional implique una afectación a la división de poderes, con todo respeto.”

Ante ello, Arturo Zaldívar refirió que es una realidad que los ministros no son electos democráticamente, pero ello no es impedimento para hacer su labor constitucional, pues tienen una legitimidad constitucional.

En respuesta, Piña Hernández insistió en que, al ser propuestos por el titular del Ejecutivo y designados por el Senado, su origen sí es democrático.