JUSTICIA

SCJN rechaza suspender reforma que busca otorgar control del Tren Maya a Sedena

El proyecto de resolución estará a cargo del ministro Alberto Pérez Dayán.

SCJN admite impugnación contra reforma que busca otorgar control del Tren Maya a Sedena.
SCJN admite impugnación contra reforma que busca otorgar control del Tren Maya a Sedena.Créditos: Cuartoscuro
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad que interpusieron senadores y diputados de oposición para impugnar las reformas con las que se busca otorgar el control del Tren Maya a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

El ministro Alberto Pérez Dayán, quien tendrá a su cargo el proyecto de resolución, rechazó otorgarles la suspensión a los congresistas, quienes argumentaron que las normas impugnadas, ponen en “peligro la estructura fundamental del Estado Mexicano y que con la suspensión se protege la institución fundamental que es la Administración Pública Federal, para evitar que los militares ejerzan funciones de seguridad pública fuera de parámetros estrictos y vulneren derechos humanos”.

El juzgador argumentó que en este caso no se “actualiza la excepción establecida por el alto tribunal consistente en que se puede otorgar la suspensión en aquellos medios de control constitucional respecto de normas generales que impliquen o puedan provocar la transgresión irreversible de algún derecho humano”.

En su escrito, los congresistas de oposición solicitaron invalidar el decreto por el que se reforma el artículo tercero de la Ley de Vías Generales de Comunicación y se adicionan un segundo párrafo al artículo 10 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y el artículo 59 Bis a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 3 de mayo.

Dichas modificaciones prevén que las vías generales de comunicación y los modos de transporte asignados a la federación podrán asignarse a entidades paraestatales con vigencia indefinida, asignación que no podrá cederse ni transferirse bajo ningún título y que solo pueden ser suspendidos cuando se acredite que no son estratégicos o que no son de interés público.

Pérez Dayán dio un plazo de 15 días hábiles para que la Presidencia de la República y el Congreso de la Unión rindan sus informes respectivos y remitan copias de los antecedentes legislativos y del DOF en el que se publicó el decreto.

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