Gabriel Regis, titular del Juzgado Décimo Sexto de Distrito en materia Administrativa, le concedió a la empresa Cobre del Mayo la primera suspensión provisional contra todos los efectos de la Ley Minera, la cual fue aprobada en el llamado viernes negro.
La firma interpuso la demanda de garantías el pasado 16 de junio de este año para impugnar el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Minera, Ley de Aguas Nacionales, Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos en Materia de Concesiones para Minería y Agua, publicado el 8 de mayo de este año en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El impartidor de justicia programó la audiencia incidental para el 28 de junio, fecha en la que resolverá si le concede a la empresa la suspensión definitiva.
Es de mencionar que los jueces que admitieron a trámite los amparos contra dicha ley, se habían limitado a conceder suspensiones, a empresas como First Majestic, pero sólo contra el artículo quinto transitorio de la reforma, que ordena a la Secretaría de Economía desechar todas las solicitudes para nuevas concesiones de exploración y explotación que se encontraban en trámite.
La reforma reduce de 50 a 30 años la vigencia de las concesiones, establece la licitación como único método para otorgarlas, obliga a consultas previas con comunidades indígenas a las que se debe “remunerar” con 5 por ciento del proyecto, multiplica los delitos, infracciones y obligaciones ambientales, exige obtener concesiones especiales para uso de agua, y otorga trato preferencial a paraestatales como la recién creada Litio para México.