La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) mediante el cual ordenó a las llamadas corcholatas abstenerse de realizar eventos de promoción para obtener la candidatura de Morena a la Presidencia de la República.
El órgano jurisdiccional consideró infundados los agravios de Adán Augusto López Hernández, Claudia Sheinbaum Pardo y Morena, quienes argumentaron que el proceso federal no ha iniciado por lo que no se puede analizar la posibilidad de emitir medidas cautelares relacionadas con actos anticipados de precampaña o campaña.
La Sala Superior determinó que las medidas cautelares se debían de confirmar, pues las conductas denunciadas sí se pueden analizar de forma preliminar con el fin de determinar si existe algún riesgo de daño a los principios constitucionales que rigen el proceso electoral, con independencia de que no haya iniciado este.
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Además, los magistrados sostuvieron que el INE sí puede valorar las circunstancias que consten en otras quejas, de manera preliminar, con el fin de construir un contexto y lograr un estudio integral de las quejas que se le presenten.
Cabe recordar que la Comisión de Quejas y Denuncias del INE otorgó las medidas cautelares, al considerar que se presentaría un posible daño de los principios de certeza y equidad en la contienda por conductas posiblemente antijurídicas que deben evitarse para garantizar los derechos y principios constitucionales en materia electoral, antes del inicio del proceso electoral federal.