AALTIPLANO

Tribunal rechaza otorgar a Winckler más número de llamadas telefónicas para hablar con sus hijos

La corte aseguró que todos los reos deben contar con los mismos derechos.

Jorge Winckler Ortiz
Jorge Winckler Ortiz
Escrito en NACIONAL el

Un tribunal federal rechazó ordenar a las autoridades del penal del Altiplano que le autoricen a Jorge Winckler realizar un mayor número de llamadas telefónicas para que pueda hablar con sus hijos.

Los magistrados notificaron esta resolución a los hijos del exfiscal de Veracruz, a través de un formato de lectura fácil en el que les explican que no pueden “autorizar lo que nos pidió, porque hay muchas personas en el mismo lugar donde está tu papá, que también quieren hablar con sus hijos y su familia, y todos deben tener la misma oportunidad”.

Agregaron que “además de hablar por teléfono con tu papá, lo puedes visitar en el lugar en donde se encuentra, y se pueden escribir. Entonces, tu papá sigue teniendo derecho a hablarte así, como lo ha hecho anteriormente; además de recibir tu visita y tus cartas”.

En su escrito, Winckler Ortiz argumentó que la negativa de otorgarle un mayor número de llamadas y más de 10 minutos para hablar con sus hijos es injusta porque se le priva la comunicación con sus hijos y familia, toda vez que su esposa trabaja fuera de lunes a sábado fuera del Estado de México, lo que impide que pueda acudir con sus hijos a las visitas familiares, cuyo rol cambia cada mes.

No obstante, el tribunal colegiado consideró infundados los agravios del exservidor público, debido a que si se otorgara mayor tiempo en las llamadas telefónicas, se tendría que dar el mismo trato a los demás, lo que no se podría llevar a cabo debido a que el centro de reclusión no cuenta con la infraestructura para brindar el mismo número o tiempo de llamadas a la toda la población penitenciaria.

Asimismo, el tribunal determinó que el derecho de las personas sujetas a prisión preventiva a realizar llamadas telefónicas periódicamente, no implica que su ejercicio sea absoluto e ilimitado y esté exento de la obligación a sujetarse a la forma y condiciones que determinen las autoridades penitenciarias competentes.